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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 9094
Publicación aprobación definitiva expediente de modificación de crédito 26/2018 por suplemento de crédito finançiado con bajas de otras partidas del presupuesto de gasto, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno de 9 de Agosto de 2018

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Texto

Finalizado el plazo de exposición al público de la modificación presupuestaria 26/2018, por suplemento de créditos financiados con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 9 de agosto de 2018, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo, y, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria :

Suplemento de créditos

Aplicaciones incrementadas en el presupuesto de gastos:

PARTIDA

DESCRIPCIÓN

CRÉDITO ACTUAL

AUMENTO

CRÉDITO DEFINITIVO

PR 135 202002

LOCAL C/CREU PROTECCIÓN CIVIL

5.000,00

9.800,00

14.800,00

PO 132 200004

ALQUILER TERRENOS APARCAMIENTOS

29.326,00

9.200,00

38.526,00

SA 164 622001

ACONDICIONAMIENTO Y NUMERACIÓN NÍCHOS

10,00

7.000,00

7.010,00

26.000,00

Aplicaciones disminuidas en el presupuesto de gastos:

PARTIDA

DESCRIPCIÓN

CRÉDITO ACTUAL

DISMINUCIÓN

CRÉDITO DEFINITIVO

ES 341 410001

APORTACIÓN AL PATRONATO DE DEPORTES

741.541,00

26.000,00

715.541,00

26.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Alcudia, 6 de septiembre de 2018.

El Alcalde

Antonio Mir Llabrés.