Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 9094
Publicación aprobación definitiva expediente de modificación de crédito 26/2018 por suplemento de crédito finançiado con bajas de otras partidas del presupuesto de gasto, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno de 9 de Agosto de 2018
Finalizado el plazo de exposición al público de la modificación presupuestaria 26/2018, por suplemento de créditos financiados con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 9 de agosto de 2018, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo, y, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria :
Suplemento de créditos
Aplicaciones incrementadas en el presupuesto de gastos:
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
AUMENTO |
CRÉDITO DEFINITIVO |
---|---|---|---|---|
PR 135 202002 |
LOCAL C/CREU PROTECCIÓN CIVIL |
5.000,00 |
9.800,00 |
14.800,00 |
PO 132 200004 |
ALQUILER TERRENOS APARCAMIENTOS |
29.326,00 |
9.200,00 |
38.526,00 |
SA 164 622001 |
ACONDICIONAMIENTO Y NUMERACIÓN NÍCHOS |
10,00 |
7.000,00 |
7.010,00 |
26.000,00 |
Aplicaciones disminuidas en el presupuesto de gastos:
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
DISMINUCIÓN |
CRÉDITO DEFINITIVO |
---|---|---|---|---|
ES 341 410001 |
APORTACIÓN AL PATRONATO DE DEPORTES |
741.541,00 |
26.000,00 |
715.541,00 |
26.000,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Alcudia, 6 de septiembre de 2018.
El Alcalde
Antonio Mir Llabrés.