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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 9084
Extracto de la Resolución de 5 de septiembre de 2018, del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el ejercicio 2018, subvenciones para el fomento de la conservación, el uso sostenible y el desarrollo de los recursos genéticos en agricultura

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 414066

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Las personas jurídicas públicas o privadas, incluidos los grupos de acción local, que tengan domicilio social y ámbito de actuación en las Islas Baleares, que realicen proyectos para la conservación y la recuperación de variedades locales y la prevención de la erosión genética y la pérdida de biodiversidad agraria.

Segundo. Finalidad

Serán subvencionables las acciones realizadas para contribuir al desarrollo del catálogo de las variedades locales de las Islas Baleares englobadas en un proyecto de actuación que actúe sobre una o varias de las acciones siguientes:

  • La prospección, caracterización, descripción y elaboración de la memoria técnica para la inscripción de variedades locales en el catálogo de variedades locales de las Islas Baleares.
  • La conservación in situ y ex situ de las variedades locales de las Islas Baleares.
  • Inventario de variedades locales de las Islas Baleares conservadas.
  • Fomento del uso de variedades locales por parte de los agricultores y la población en general mediante actividades informativas, divulgativas y de asesoramiento en materia de variedades locales.
  • Cursos de formación (excluidos de la medida 1 del PDR) y elaboración de informes técnicos.
  • Recopilación y/o reproducción de las variedades locales cultivadas en la agricultura.
  • Creación y/o mantenimiento de un banco de semillas para conservar copias del material genético recuperado.
  • Creación y/o mantenimiento de colecciones de plantas.
  • Bases de datos y actividades de intercambio de información entre organizaciones tanto regionales como nacionales o europeas.
  • Otras acciones similares que persigan el objetivo de la medida.

Tercero. Bases reguladoras

La Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 29, de 26 de febrero de 2015.

Cuarto. Crédito

Ciento noventa y ocho mil ciento setenta y nueve euros con quince céntimos (198.179,15 €), con posibilidad de incrementa dicho importe.

Quinto. Importe

La cuantía de la subvención será del 100% del coste subvencionable de la acción.

No obstante, se establece un límite máximo de 100.000,00 € por beneficiario.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes empieza a contar al día siguiente de haberse publicado el extracto de esta Resolución en el BOIB y finalizará el 31 de octubre de 2018.

Palma, 5 de septiembre de 2018

El Presidente del FOGAIBA

Vicenç Vidal Matas