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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 9070
Resolución del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca por la que se somete a información pública el Proyecto de decreto sobre indemnizaciones por costes de conservación, mantenimiento, explotación e instalación de los servicios públicos de aguas residuales

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Texto

Hechos

1. En fecha 21 de mayo de  2018 se ha realizado la memoria del análisis del impacto normativo, de acuerdo con la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Illes Balears.

2. En fecha 22 de junio de 2018 se ordenó el inicio del procedimiento y de la tramitación del Proyecto de decreto  sobre indemnizaciones por costes de conservación, mantenimiento, explotación e instalación de los servicios públicos de aguas residuales.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.

3. La Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter a información pública el borrador del proyecto de decreto sobre indemnizaciones por costes de conservación, mantenimiento, explotación e instalación de los servicios públicos de aguas residuales y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Recursos Hídricos (c/Gremi de Corredors, 10 , Polígon Son Rossinyol, 07009 Palma) y en la página web Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (<http://participaciociutadana.caib.es>).

2. Fijar el plazo para la información pública en 15 días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se deben presentar en la sede de la Dirección General de Recursos Hídricos (c/Gremi de Corredors, 10 , Polígon Son Rossinyol, 07009 Palma) o en cualquiera de los lugares que determine el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “participación en la elaboración de normativa” de la página web Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (<http://participaciociutadana.caib.es>), en el plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que realiza las alegaciones se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  

Palma, 31 de agosto de 2018

El consejero

Vicenç Vidal i Matas