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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 9066
Corrección de errores del anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y de cobranza de determinados tributos del Ayuntamiento de Fornalutx correspondientes al ejercicio 2018 publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 101, de 16 de agosto de 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose advertido un error en la versión castellana del anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y de cobranza de determinados tributos del Ayuntamiento de Fornalutx correspondientes al ejercicio 2018 (edicto núm. 8.524, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 101, de 16 de agosto de 2018), de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 56.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se publica la corrección siguiente:

Donde dice:

“1. Según lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones, se pone en conocimiento de los contribuyentes que quedan expuestos en la sede del Ayuntamiento de Fornalutx durante el periodo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, los padrones correspondientes al ejercicio 2018 del impuesto sobre actividades económicas y de otras tasas y precios públicos de cobro periódico anual.

Contra las liquidaciones contenidas en los padrones se podrá interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Fornalutx, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).

2. A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados del Ayuntamiento de Fornalutx que la Agencia Tributaria de las Illes Balears (a la que corresponde la función recaudatoria) procederá al cobro, en período voluntario, del  impuesto sobre actividades económicas y de otras tasas y precios públicos correspondientes al ejercicio 2018, en el plazo y en las formas que se indican a continuación:”

Debe decir:

“1. Según lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones, se pone en conocimiento de los contribuyentes que quedan expuestos en la sede del Ayuntamiento de Fornalutx durante el periodo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, los padrones correspondientes al ejercicio 2018 del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos correspondiente al segundo semestre de 2018 y de otras tasas y precios públicos de cobro periódico anual.

Contra las liquidaciones contenidas en los padrones se podrá interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Fornalutx, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).

2. A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados del Ayuntamiento de Fornalutx que la Agencia Tributaria de las Illes Balears (a la que corresponde la función recaudatoria) procederá al cobro, en período voluntario, del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos correspondiente al segundo semestre de 2018 y de otras tasas y precios públicos del ejercicio 2018, en el plazo y en las formas que se indican a continuación:”

  

Palma, 5 de septiembre de 2018

El Administrador tributario

Justo Alberto Roibal Hernández

(Por delegación –Resolución Directora de la ATIB de 15/07/2015; BOIB núm. 108, de 17/07/2015–)