Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 9034
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, publicado en el BOIB núm. 31, de 10 de marzo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde su aprobación hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, ahora bien, aunque este se estructura en objetivos y líneas sin tener en cuenta el órgano directivo, con respecto a la explicación de los hechos se tienen en cuenta los mismos, ya que las concretas modificaciones de las líneas reflejadas en el anexo son directamente gestionadas por el Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes  Balears (SOIB).

3. En este sentido, el SOIB propone la modificación de varias líneas, así se modifican las líneas el 1.7 y 1.8, que integran el Objetivo estratégico II, Fomento y Mejora del Empleo<A[Empleo|Ocupación]>, con el fin de incorporar, a pesar de la plurienalidad del Plan<A[Plan|Plano]> 2018-2020, el ejercicio 2021 y tratar de manera integrada estas líneas de subvenciones en la totalidad de las anualidades en las que se otorgan. Asimismo se modifica la línea 3.6 del Objetivo estratégico IV, Convivencia e Instituciones Sólidas, ya que los programas de formación dual son programas mixtos de formación y empleo<A[empleo|ocupación]>, y que en algunos de los casos, la parte de empleo<A[empleo|ocupación]> se puede realizar en empresas y no en entidades sin ánimo de lucro por<A[por|para]> lo cual con la finalidad de insertar a los usuarios en el mercado de trabajo ordinario se considera adecuado que estas subvenciones no sean exclusivamente para entidades sin ánimo de lucro. También se incorporan al objeto de la subvención acciones complementarias experimentales con el objetivo de ajustar las necesidades de experiencia y formación de los alumnos trabajadores.

4. En el apartado 3 del mencionado Acuerdo, se delega en la persona titular de la consejería<A[consejería|conselleria]> competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la séptima modificación del anexo al Plan<A[Plan|Plano]> Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

- OBJETIVO II

FOMENTO Y MEJORA DEL EMPLEO

II.1 Diversificación del modelo económico

Allí donde dice:

II.1.7

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19113 y 20021

Descripción: subvención de procesos de acompañamiento y de formación ligada a certificados de profesionalidad y especialidades formativas dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad hacia el mercado de trabajo (riesgo de exclusión, población penitenciaria, discapacidad y problemáticas de salud mental)

Objetivos y efectos: mejorar la empleabilidad<A[empleabilidad|ocupabilidad]> y conseguir la inserción en el mercado de trabajo de las personas usuarias

Coste: 10.258.000 € (2019: 3.286.000 €; 2020: 6.972.000 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2020)

Incidencia sobre el mercado: inserción dentro del mercado de trabajo de un mínimo del 20% de las personas usuarias, como también la participación y el aprovechamiento de formación

Tiene que decir:

II.1.7

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19113

Descripción: subvención por<A[por|para]> itinerarios integrales de inserción los cuales consisten en acciones de orientación para el empleo<A[empleo|ocupación]> en las cuales se les puede añadir, potestativamente,  formación ligada a certificados de profesionalidad y especialidades formativas y/o actuaciones complementarias experimentales, dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad (riesgo de exclusión, discapacidad intelectual, otras discapacidades y problemáticas de salud mental)  hacia el mercado de trabajo.

Objetivos y efectos: mejorar la empleabilidad<A[empleabilidad|ocupabilidad]> y conseguir la inserción en el mercado de trabajo de las personas usuarias

Coste: 13.494.000 € (2019: 3.323.500 €; 2020: 6.324.500 €; 2021: 3.846.000 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2021)

Incidencia sobre el mercado: inserción dentro del mercado de trabajo de un mínimo del 20% de las personas usuarias, como también la participación y el aprovechamiento de formación

Allí donde dice:

II.1.8

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19114 y 20021

Descripción: subvención para procesos de acompañamiento y formación ligada a certificados de profesionalidad y especialidades formativas, dirigida a personas jóvenes en situación de riesgo de exclusión social inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Objetivos y efectos: mejorar la empleabilidad<A[empleabilidad|ocupabilidad]> y conseguir la inserción en el mercado ordinario para estas personas jóvenes

Coste: 4.230.000 € (2019: 1.450.000 €; 2020: 2.780.000 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2020)

Incidencia sobre el mercado: inserción dentro del mercado de trabajo ordinario de un mínimo del 20% de jóvenes, como también la participación y el aprovechamiento de formación

Tiene que decir:

II.1.8

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19114

Descripción: subvención por<A[por|para]> itinerarios integrales de inserción los cuales consisten en acciones de orientación para el empleo<A[empleo|ocupación]> en las cuales se les puede añadir, potestativamente,  formación ligada a certificados de profesionalidad y especialidades formativas y/o actuaciones complementarias experimentales, dirigida a personas jóvenes en situación de riesgo de exclusión social inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Objetivos y efectos: mejorar la empleabilidad<A[empleabilidad|ocupabilidad]> y conseguir la inserción en el mercado ordinario para estas personas jóvenes

Coste: 6.150.000 € (2019: 1.487.500 €; 2020: 2.682.500 €; 2021: 1.980.000 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2021)

Incidencia sobre el mercado: inserción dentro del mercado de trabajo ordinario de un mínimo del 20% de jóvenes, como también la participación y el aprovechamiento de formación

- OBJETIVO IV

CONVIVENCIA E INSTITUCIONES SÓLIDAS

IV. 3 Programas de integración e inclusión sociales

Allí donde dice:

IV.3.6

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 18020

Descripción: ayudas para programas de formación dual dirigidos a personas trabajadoras desocupadas discapacitadas o en riesgo de exclusión social para entidades sin ánimo de lucro

Objetivos y efectos: mejorar las aptitudes y las competencias profesionales de personas desocupadas con discapacidad o más vulnerables que participan a la vez que llevan a cabo proyectos de interés general o social

Coste: 2.000.000 € (2019: 501.475 €; 2020: 711.912 €; 2021: 572.660 €; 2022: 213.953 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2022)

Incidencia sobre el mercado: adquisición de competencias profesionales necesarias para la inserción laboral, dado que se combina el trabajo efectivo en un entorno real del mercado laboral con una formación profesional para el empleo<A[empleo|ocupación]>

Tiene que decir:

IV.3.6

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuente de financiación: Capítulo IV FF 18020

Descripción: ayudas para<A[para|por]> programas de formación dual dirigidos a personas trabajadoras desocupadas discapacitadas o en riesgo de exclusión social

Objetivos y efectos: mejorar las aptitudes y las competencias profesionales de personas desocupadas con discapacidad o más vulnerables que participan en la hora que llevan a cabo proyectos de interés general o social

Coste: 2.000.000 € (2019: 501.475 €; 2020: 711.912 €; 2021: 572.660 €; 2022: 213.953 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2022)

Incidencia sobre el mercado: adquisición de competencias profesionales necesarias para  la inserción laboral, dado que se combina el trabajo efectivo en un entorno real del mercado laboral con una formación profesional para el empleo

2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde su fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 29 de agosto de 2018

La consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí