Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO LOCAL

Núm. 9004
Modificación de la resolución de fecha 2 de enero de 2018 sobre la presentación durante el año 2018 de solicitudes de cooperación técnica en el Consell de Mallorca para la redacción de proyectos y la dirección técnica de obras municipales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El consejero de Desarrollo Local, con fecha de 29 de agosto de 2018, ha adoptado la siguiente resolución:

"Por resolución del consejero de Desarrollo Local de fecha 2 de enero de 2018 se aprobó la convocatoria de cooperación técnica para la redacción de proyectos y la dirección técnica de obras durante el año 2018, la cual fue modificada por resolución de fecha 7 de mayo de 2018 con el fin de abrir a todos los ayuntamientos de Mallorca la posibilidad de acogerse a la cooperación técnica del Consell de Mallorca, de acuerdo con lo que prevé el artículo 28 del Reglamento de Cooperación Municipal aprobado por acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 12 de abril de 2018 (BOIB nº. 56, de 5 de mayo de 2018).

Esta convocatoria de cooperación técnica de 2018 prevé en el punto 6 el siguiente texto:

"6.- Para la redacción de los proyectos es condición necesaria la disponibilidad de los terrenos y que se ajusten a la normativa urbanística municipal y general de aplicación."

Ocurre que en los casos en qué se tiene que llevar a cabo la expropiación de terrenos y de otras formas de traspaso o gravamen de los terrenos a favor de la Administración Pública para ejecutar la obra se hace necesario disponer previamente del proyecto técnico redactado, y no se puede acreditar la disponibilidad de los terrenos ya que estos se tienen que conseguir mediante la expropiación forzosa o de otras formas de traspaso o gravamen de los terrenos a favor de la Administración Pública.

Por eso,

RESUELVO:

Modificar el punto 6 de la resolución de fecha 2 de enero de 2018 que aprobó la convocatoria de cooperación técnica para la redacción de proyectos y la dirección técnica de obras durante el año 2018 en el sentido siguiente:

Allí donde dice:

"6.- Para la redacción de los proyectos es condición necesaria la disponibilidad de los terrenos y que se ajusten a la normativa urbanística municipal y general de aplicación."

dirá lo siguiente:

"6.- Para la redacción de los proyectos es condición necesaria la disponibilidad de los terrenos y que se ajusten a la normativa urbanística municipal y general de aplicación. En los casos en qué los terrenos se tengan que conseguir por expropiación forzosa, cesión de uso, mutuo acuerdo u otras formas de traspaso o gravamen de los terrenos a favor de la Administración Pública, no será necesaria la disponibilidad previa de los terrenos para la redacción de los proyectos."

Esta modificación regirá para todas las solicitudes de cooperación técnica para la redacción de proyectos presentadas durante el año 2018."

Palma, 29 de agosto de 2018

La secretaria técnica de Desarrollo Local

(Por delegación del consejero de Desarrollo Local.

Resolución de 21/09/2015. BOIB nº. 141, de 26 de septiembre de 2015)

Antònia Malagrava Cantallops