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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA

Núm. 8986
Elevación automática de aprobación de la ordenanza reguladora del precio público del servicio de comedor de la gente mayor

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Texto

Acordado por este Ayuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 28 de mayo de 2018, se aprueba la ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE COMEDOR SOCIAL PARA LA GENTE MAYOR. Y realizada la legal exposición al público sin haber presentado durante el tiempo de exposición ninguna reclamación, sugerencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17-3 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado, transcribiendo a continuación el texto completo de la ordenanza.

Contra el presente acuerdo definitivo de aprobación de la referida ordenanza fiscal, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el B.O.I.B.

TEXTO DE LA ORDENANZA
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE COMEDOR DE LA GENTE MAYOR

Artículo 1. Fundamento y naturaleza

Conforme con lo previsto en el art. 127 en relación al art. 41), ambos del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece los precios públicos del servicio de comedor de la gente mayor. Estos precios se encuentran especificados en las tarifas contenidas en el artículo 3 que se regirá la presente ordenanza.

Artículo 2.- Obligados al pago

Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza las personas que se beneficien de los servicios a los que hace referencia el artículo anterior.

Artículo 3. Precios de la prestación del servicio

1. Respecto del coste del servicio de comedor, actualizado, es de 7,23 €, está desglosado en los siguientes conceptos:

2,43 € Coste de la atención personal en el comedor y la distribución cuando no haya posibilidades en la familia (coste a cargo del Ayuntamiento)

-  4,80 € Precio base actualizado del menú, el cual queda desglosado de la siguiente manera:

1) 4,59 €, Precio a pagar por el/la usuario/a del servicio.

2) 0,21 € subvención excepcional.

Las personas cuidadoras de la gente mayor, podrán disfrutar de este servicio, pagarán el precio base del menú sin subvención, con un coste total de 4’80 €/menú (4,59 € precio base actualizado + 0,21 € subvención actualizada).

2. Actualización de precios. La cuantía de los precios del artículo 3.1. se ajustarán/actualizarán anualmente, mediante la aplicación sobre los precios que en ese momento estén vigentes, de la variación porcentual experimentada por el índice general de precios al consumo (IPC) durante el periodo transcurrido desde la anterior determinación de tarifas. Dicha actualización se podrá en conocimiento del pleno en el momento de su aplicación.

Disposición final

Esta ordenanza entrará en vigor y empezará a aplicarse el día de su publicación en el BOIB, quedando en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

 Valldemossa, 3 de septiembre de 2018

El Alcalde

Nadal Torrens Bujosa