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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 8971
Resolución de la secretaria general de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad de 28 de agosto de 2018 de delegación de competencias en la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno de la Consejería de Presidencia

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Texto

El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé la posibilidad de que los órganos de las diferentes administraciones públicas puedan delegar el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas como propias en otros órganos de la misma Administración, aunque no sean jerárquicamente dependientes.

En el mismo sentido se expresa el artículo 25.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Circunstancias especiales de la Secretaría General de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad aconsejan realizar una delegación temporal de las funciones de este órgano en la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno, de la Consejería de Presidencia, cuya titular puede asumir inmediatamente las funciones delegadas, dado que tiene experiencia previa en el ejercicio de las funciones que corresponden a una secretaría general.

Dado que se trata de una delegación que afecta a órganos de diferentes consejerías, esta se lleva a cabo con el visto bueno de la consejera de Presidencia y del consejero de Territorio, Energía y Movilidad.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Se delegan en la directora general de Transparencia y Buen Gobierno de la Consejería de Presidencia todas las funciones que corresponden a la Secretaría General de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, excepto las indelegables, respecto de las cuales, si es necesario, se aplicará el régimen de suplencia establecido en el artículo 33 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Segundo. Esta resolución será efectiva al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 28 de agosto de 2018

La secretaria general de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad

Núria Collado Edo

Visto bueno

La consejera de Presidencia

Pilar Costa i Serra

El consejero de Territorio, Energía y Movilidad
Marc Pons i Pons