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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 8954
Aprobación definitiva del expte. 014-18 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal

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Texto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, adoptado en fecha 25 de julio de 2018, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público:

Presupuesto de gastos

Altas en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DENOMINACIÓN

IMPORTE

001-9200-227060

Trabajos otras empresas servicios generales

16.189,80

001-9120-352000

Intereses de demora sentencia

300.000,00

001-9200-226040

Defensa jurídica

25.339,29

TOTAL

341.529,09

Bajas en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DENOMINACIÓN

IMPORTE

007-1510-640001

Plan estratégico – plan paisaje urbano

23.249,26

007-2320-640006

Plan estratégico – plan integración económica y social

50.000,00

007-3340-640000

Plan estratégico – plan economía creativa y cultural

60.000,00

007-4320-640000

Plan estratégico – plan mejora niveles alojamientos turísticos

40.000,00

007-4320-640001

Plan estratégico – proyecto marca Sant Antoni

70.000,00

008-1320-622000

Construcción reten

30.855,00

008-1532-619001

Remodelación Era Den Manyà

18.150,00

008-1532-619003

Remodelación plaça coixet

11.035,20

008-1532-619004

Remodelación mercat pagés

16.577,00

013-3420-622003

Rutas senderismo

21.662,63

TOTAL

341.529,09

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

En Sant Antoni de Portmany, a 28 de agosto de 2018.

 El Alcalde

José Tur Torres