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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 8948
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 29 de agosto de 2018 por la que se autoriza el cambio de titularidad y de denominación de la Escuela Municipal de Música de Sant Josep de sa Talaia

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Texto

Hechos

1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 26 de abril de 2010 se reconoce la Escuela y Banda de Música Can Blau, del municipio de Sant Josep de sa Talaia.

2. En fecha de 15 de marzo de 2018, el alcalde del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia comunicó a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros el cambio de la titularidad y de la denominación del centro y presentó una copia simple de la escritura de elevación a público de los acuerdos sociales: disolución, junto con los certificados del acuerdo 5º, emitidos por la secretaria del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, de 30 de marzo de 2017 y el acuerdo 2º del Pleno de este Ayuntamiento de 15 de junio de 2017.

3. El 27 de agosto de 2018, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable referente al cambio de titularidad y de denominación de la Escuela Municipal de Música de Sant Josep de sa Talaia, con el código EMDR070041.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE nº 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº 32, de 12 de marzo).

5. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 28 de agosto de 2018, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Autorizar el cambio de titularidad de la Escuela Municipal de Música de Sant Josep de sa Talaia, con el código EMDR070041, que hasta ahora era de titularidad de la Fundación Can Blau y que pasa a ser de titularidad del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

2. Autorizar el cambio de denominación de la Escuela y Banda de Música Can Blau, con el código EMDR070041, que pasa a ser Escuela Municipal de Música de Sant Josep de sa Talaia.

3. Inscribir esta modificación en el Registro de centros docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 29 de agosto de 2018

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà