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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 8883
Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registre de Convenios Colectivos de las Illes Balears del Acta número 12 de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de la hostelería de las Illes Balears, sobre la transposición del acuerdo del Patronato de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (código de convenio 07000435011982)

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Texto

Antecedentes

1. El 4 de julio de 2018, la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de la hostelería de las Illes Balears se reunió para la transposición del acuerdo del Patronato de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales en el sector de la hostelería de las Illes Balears, por el que se mantiene un año más el tipo aplicable a las bases de cotización para el cálculo de las aportaciones empresariales a la Fundación, y subscribió la correspondiente Acta de sesión.

2. El 10 de julio de 2018, José Carlos Sedano Almiñana, en representación de la Comisión Paritaria del convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la mencionada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el Acta número 12 de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de la hostelería de las Illes Balears sobre la transposición del acuerdo del Patronato de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales en el sector de la hostelería de las Illes Balears, por el que se mantiene un año más el tipo aplicable a las bases de cotización para el cálculo de las aportaciones empresariales a la Fundación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Paritaria.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana es la original firmada por la Comisión Paritaria y que la versión catalana es una traducción.

4. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, a 18 de julio de 2018

La Directora General de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral
Isabel Castro Fernández
Por delegación del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria
(BOIB 105/2015)

 

ACTA 12

COMISIÓN PARITARIA DEL XV CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE HOSTELERÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

(Código Convenio 07000435011982)

ASISTENTES

REPRESENTACIÓN SINDICAL:

D. Antonio COPETE GONZÁLEZ

D. José GARCÍA RELUCIO

Por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT) Unión General de Trabajadores.

Dª. Silvia MONTEJANO COFRECES

Dª. Ángeles SÁNCHEZ ÚBEDA

Por la Federació de Serveis de Comisions Obreres de les Illes Balears (FS-CCOO).

REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

D. Juan Carlos GARCÍA OLIVER

D. Antonio RUIZ MARTÍNEZ

D. Carlos SEDANO ALMIÑANA (asesor)

Dª. Ángela SALVADOR RUBIO (asesora)

Por la Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM).

En Palma, Illes Balears, siendo las 11 horas del día 4 de julio de 2018, en la sala de juntas del despacho profesional de “C.SEDANO & ASOCIADOS”, sito en C/. Nuredduna nº 10, 2ª planta, puerta E, de esta ciudad, se reúnen las personas al margen izquierdo relacionadas, que han sido previamente convocadas para esta sesión, como miembros designados de la Comisión paritaria del Convenio colectivo reseñado en el encabezamiento del acta, así como los asesores que se mencionan.

Levanta el acta de la reunión D. Carlos Sedano Almiñana, asesor de la FEHM, quien actúa como Secretario de la Comisión, en virtud del acuerdo de rotación en esta función fijado en el acta 8 de la Comisión, de fecha 11 de octubre de 2017 («BOIB» nº 140, 16/noviembre/2017), Secretaría que ostentará durante el presente ejercicio.

El orden del día de la reunión es el siguiente:

Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB) POR EL QUE SE MANTIENE UN AÑO MÁS EL TIPO APLICABLE A LAS BASES DE COTIZACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LAS APORTACIONES EMPRESARIALES A LA FUNDACIÓN.

Punto 2. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Así, aprobado el orden del día, se procede a su estudio, debate y resolución.

Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERIA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB) POR EL QUE SE MANTIENE UN AÑO MÁS EL TIPO APLICABLE A LAS BASES DE COTIZACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LAS APORTACIONES EMPRESARIALES A LA FUNDACIÓN.- En el seno del Patronato de la FPHIB se alcanzó acuerdo de mantener un año más el tipo de las aportaciones empresariales a la misma, que figura reseñado en el punto 3 del acta 31ª de la reunión celebrada el 20 de junio de 2018 que se adjunta a la presente acta, siendo el contenido del pacto el siguiente: “Se acuerda que el tipo aplicable para el próximo periodo de recaudación, esto es, desde el 1/8/18 hasta el 31/7/19, se mantendrá en el 0,01% de las bases de cotización por contingencias profesionales, retomando el 0,02% a partir del 1/8/19, salvo acuerdo en contrario adoptado por el Patronato.”

Por lo tanto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Acuerdo Laboral para la realización de aportaciones empresariales a la FPHIB de 23 de marzo de 2006 («BOIB» núm. 67, de 9 de mayo de 2006), por el que se confiere a la Comisión paritaria del convenio el seguimiento, interpretación, gestión y administración del mismo, se da cuenta de la decisión de mantener el importe de las aportaciones empresariales, ratificando así el pacto adoptado en el seno del Patronato de la Fundación.

En tal sentido, el tipo aplicable a las bases de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se mantendrá en el 0,01 por cien durante el periodo de recaudación comprendido entre el 1 de agosto de 2018 y el 31 de julio de 2019, retomando el 0,02 por cien a partir del 1 de agosto de 2019, salvo acuerdo en contrario adoptado por el Patronato.

Se acuerda informar del referido pacto a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, requiriendo así mismo que se dé la máxima publicidad al mismo a través de la Fundación, solicitando además su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Punto 2. RUEGOS Y PREGUNTAS.- No hay ruegos y preguntas, por lo que se da por finalizada la reunión.

La presente acta, de la cual se suscriben cuatro ejemplares, será registrada ante la autoridad laboral (REGCON), mandatando para ello a D. Carlos Sedano, asesor de la FEHM, solicitando asimismo la publicación de la misma en el «BOIB».

No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las 11.30 horas, se da por finalizada la reunión.

FIRMAS: