Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 8867
Resolución relativa a la selección de proyectos de actividades culturales para el Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca (CACIM)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resolución relativa a la selección de proyectos de actividades culturales para el Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca (CACIM)

El vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, Francesc Miralles Mascaró, en fecha 22 de agosto de 2018, ha dictado la resolución siguiente que transcribo literalmente:

«Antecedentes

»1. El vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, aprobó, mediante resolución de día 23 de marzo de 2017, las normas de selección de proyectos para el Catálogo de Actividades Culturales del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 39, de 1 de abril), modificadas por resolución de día 5 de mayo de 2017 (BOIB nº. 58, de 13 de mayo de 2017) y por resolución de 15 de junio de 2018 (BOIB núm. 77, de 23 de junio de 2018).

»2. Los titulares de los proyectos incluidos en el CACIM pueden renovar, modificar o dar de baja sus proyectos con la presentación del anexo 4 de las citadas Normas de selección.

»3. Los titulares de los proyectos que se relacionan en el presente Anexo A, o bien han presentado el anexo 4 para dar de baja el proyecto o proyectos relacionados en dicho anexo, o bien no han llevado a cabo en plazo la renovación obligatoria a la que hace  referencia el punto ocho de las citadas Normes de selección. 

»4. El 20 de agosto de 2018, el órgano instructor ha emitido informe sobre el cumplimiento de los requisitos para la ejecución de la baja de los proyectos relacionados en el Anexo A y, por otro lado, se ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos.

»Fundamentos de derecho

»1. Las Normas de selección de proyectos para el Catálogo de Actividades Culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM). Concretamente, el punto séptimo establece que la comisión técnica de selección de proyectos examina y evalúa las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección y emite el informe que sirve de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de acuerdo definitiva. El punto octavo establece que transcurrido un año desde la notificación de la inclusión de un proyecto en el Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca, ha de presentarse una solicitud de renovación (anexo 4) al Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes. Y si, voluntariamente, la persona interesada quiere dar de baja un proyecto incluido en el catálogo, puede hacerlo, siempre que haya permanecido en él durante 6 meses, presentando el citado anexo 4. El punto noveno determina, que de acuerdo con esta propuesta, el vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes es el encargado de resolverla.

»2. Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares (BOIB nº. 134, de 2 de noviembre de 2000).

»3. Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 12 de abril de 2018 (BOIB núm. 89, de 9 de julio de 2018).

»4. El art. 1.m) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73 de 15 de junio de 2017); corrección de errores de 15 de junio de 2017 (BOIB nº. 74 de 17 de junio); modificado por decreto de 20 de junio de 2017 (BOIB nº. 77 de 24 de junio); corrección de errores de 3de julio de 2017 (BOIB nº. 82, de 6 de julio de 2017) y modificado por decreto de 24 de julio de 2017 (BOIB nº. 92, de 29 de julio de 2017) y por decreto de 16 de enero de 2018 (BOIB nº 12 de 25 de enero de 2018), en relación en las facultades que dimanan de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común sobre inicio y ordenación del procedimiento, facultades que, en particular, se concretan en las siguientes: ampliar plazos para resolver, aplicar la tramitación de urgencia, hacer requerimientos de enmienda y mejora de la solicitud de iniciación y señalar trámites que se tienen que llevar a cabo. Todo eso en relación con procedimientos referidos a la actividad administrativa que el departamento hace.

»5. Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre de 2015).

»6. Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, del régimen jurídico del sector público (BOE nº. 236, de 2 de octubre de 2015)

»Atendiendo a los antecedentes y los fundamentos de derecho expuestos, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas, dicto la siguiente,

»Resolución

»1. Causar la baja del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo Insular de Mallorca de los proyectos de actividades culturales que se relacionan en el anexo A en la fecha especificada.

»2. Ordenar la publicación en el BOIB, en la sede electrónica del Consejo de Mallorca, así como en el tablón de anuncios del edificio de la Misericordia.»

Contra esta resolución que no agota la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada ante este consejero/a ejecutivo/a o ante la presidencia, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin haber recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin límite de tiempo.

No obstante lo anterior, podrá interponerse, si procede, cualquier otro recurso que se considere pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.

Palma, 22 de agosto de 2018

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes,

Francesc Ramis Oliver

(Resolución de delegación de competencias del vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes de 15/03/2016; BOIB nº. 37, de 22/03/2016)

ANEXO A

Título Proyecto

Ámbito

Proveedor

Fecha de efecto de la incorporación

Fecha de efecto de la baja

TITAN de Pepe Cañabate

Exposiciones

Nat Projectes. Serveis Culturals i Ambientals SL

08/08/2017

08/08/2018

Ruta Toni Catany i Claustre St. Bonaventura

Rutas culturales

Nat Projectes. Serveis Culturals i Ambientals SL

08/08/2017

08/08/2018

Parasceve

Teatro

Antònia Rosselló Rigo

08/08/2017

08/08/2018

Ningú va als aniversaris a l'estiu

Teatro

Smart Ibérica de impulso empresarial sociedad coop andaluza

08/08/2017

08/08/2018