Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 8848
Departamento de planeamiento y gestión urbanística. GCI 17/02. Aprobación definitiva proyecto estatutos y bases de actuación del SUP 4, acceso Paseo Maravillas, en la Porcíncula.
La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 25 de juliol de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:
La Junta de Gobierno aprobó inicialmente en sesión celebrada el 9/05/2018 el Proyecto de estatutos y bases de actuación del SUP 4, acceso Paseo Maravillas, en la Porcíncula, emplazado dentro del ámbito de la Playa de Palma, presentado por Antonia Cantallops Cañellas y otros.
El acuerdo fue notificado a los propietarios afectados y publicado en el BOIB núm. 68, de 2/06/2018, sin que en el trámite de información pública consten más alegaciones que un escrito presentado el 29/06/2018 por Alejandra Marcara Feliu, en representación de RIUSA II SA, como propietaria de unos inmuebles colindantes al SUP, reclamando aclaración en lo referente a la delimitación del ámbito, documentación que ya se le ha facilitado.
Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014 (Acuerdo del Pleno del CIM de 16/04/2015), los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que subscribe propone a la Junta de Gobierno de Palma que adopten el siguiente ACUERDO
1.º- Aprobar definitivamente el Proyecto de estatutos y bases de actuación del SUP 4, acceso Paseo Maravillas, en la Porcíncula, emplazado dentro del ámbito de la Playa de Palma, presentado por Antonia Cantallops Cañellas y otros.
2.- Publicar el presente acuerdo junto con el texto íntegro de los estatutos y bases aprobados, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, según el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertarà su contenido íntegro.
3.- Notificar el presente acuerdo a los propietarios afectados, requiriéndolos para que se incorporen a la junta de compensación en el plazo de un mes a partir de la notificación para que puedan manifestar su decisión de adherirse a la futura entidad, advirtiéndolos que se les podrá expropiar sus bienes u ocupar sus fincas a favor de la junta, que constará como entidad beneficiaria de la expropiación, según el artículo 246 del Reglamento general de la Ley 2/2014.
4.- Dar traslado de este acuerdo a Patrimonio Municipal, al IMI y a la Sección de tramitación de proyectos de urbanización para su conocimiento.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICION ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de UN MES a contar desde el día siguiente al de esta publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El RECURSO DE REPOSICION potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las cuales hace mención el art. 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de UN MES, a contar a partir del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contenciosa administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo antes mencionado y en los arts. 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, de conformidad con el art. 8 de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que reforma la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de esta publicación. Todo esto, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears; el 213.5 b) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo por la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Area de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edificio Municipal de las Avenidas) y/o en la sede electrónica en la dirección
https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-201700020000/GCI-20170002_PORTADA.pdf
para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.
Pueden presentar sus escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:
OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos
OAC Sant Ferran: Av. St Ferran (Edif. Policia Local)
OAC l´Escorxador: C/ Emperadriu Eugènia, 6
OAC l´Arenal: Av. Amèrica, 11 (s'Arenal)
OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)
OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)
OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)
OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos
Palma, 8 de agosto de 2018
Jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística
Jaume Horrach Font
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10434, de 8 de junio de 2012 publicado en el BOIB 85 de 14/06/2012