Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 8792
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB nº 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.
2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, con respecto a determinadas líneas de ayudas que tiene que gestionar la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad.
Esta Consejería tiene la necesidad de llevar a cabo la modificación de dos líneas de subvenciones, en el objetivo III, “Lucha contra las desigualdades”, concretamente la Línea 1.2 de subvenciones en materia de vivienda (alquiler de vivienda, parque público de vivienda en alquiler, mejora de la eficiencia energética en viviendas, conservación y mejora de la accesibilidad en viviendas, regeneración y renovación urbanas, y ayudas para jóvenes), y la Línea 1.3 de subvenciones para el alquiler de viviendas, ya que en el momento de la elaboración del Plan estratégico, la Dirección General todavía no disponía de las concretas cuantías que el Ministerio de Fomento se comprometía a aportar a la Comunidad Autónoma, no obstante, el pasado 2 de agosto, mediante el Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma y el Ministerio de Fomento, estas quedan fijadas en la cuantía exacta que, como máximo, el Ministerio se compromete a aportar en cada una de las anualidades, quedando aumentada la cuantía máxima hasta 8.400.000 € para el año 2018.
En concreto, respecto de la Línea III.1.2 se tiene que tener en cuenta, con respecto a la fuente de financiación, que las ayudas que se gestionan corresponden al Plan estatal de vivienda 2018-2021 aprobado por Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, con el código finalista 18030 por lo cual se tiene que modificar el código del fondo finalista pasando de ser el FF 15030 en el FF 18030, además se tiene que modificar el carácter anual de esta Línea en el sentido de convertirla en plurianual.
Con respecto a la Línea III.1.3, hay que mencionar que en el momento de la elaboración del Plan estratégico, y respecto de la ayuda de alquiler, la previsión se hizo en torno a la cuantía establecida el año anterior únicamente para las islas de Eivissa y Formentera. No obstante, una vez firmado el Convenio de colaboración con el Ministerio de Fomento, se decidió hacer extensiva esta ayuda a todo el ámbito de la Comunidad Autónoma; por este motivo se incrementa la ayuda destinada a estas subvenciones, dándole también un carácter plurianual.
3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marz o, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la sexta modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:
- OBJETIVO III
LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES
III.1 Lucha contra la pobreza
Allí donde dice:
III.1.2
Dirección General o entidad: Dirección General de Arquitectura y Vivienda
Fuente de Financiación: capítulo VII FF 15030
Descripción: subvenciones en materia de vivienda (alquiler de vivienda, parque público de vivienda en alquiler, mejora de la eficiencia energética en viviendas, conservación y mejora de la accesibilidad en viviendas, regeneración y renovación urbanas, y ayudas para jóvenes)
Objetivos y efectos: conceder las ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Coste: 5.822.544 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: fomento de la vivienda, acceso, conservación, mejora y promoción en las Illes Balears
Tiene que decir:
III.1.2
Dirección general o entidad: Dirección General de Arquitectura y Vivienda
Fuente de Financiación: capítulo VII FF 18030
Descripción: subvenciones en materia de vivienda (alquiler de vivienda, parque público de vivienda en alquiler, mejora de la eficiencia energética en viviendas, conservación y mejora de la accesibilidad en viviendas, regeneración y renovación urbanas, y ayudas para jóvenes)
Objetivos y efectos: conceder los ajustes del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Coste: 8.400.000 € (2018: 4.439.8000 €; 2019: 3.960.200 €)
Convocatoria: plurianual (2018-2019)
Incidencia sobre el mercado: fomento de la vivienda, acceso, conservación, mejora y promoción en las Illes Balears
Allí donde dice:
III.1.3
Dirección general o entidad: Dirección General de Arquitectura y Vivienda
Fuente de financiación: capítulo VII
Descripción: subvenciones para el alquiler de viviendas
Objetivos y efectos: conceder subvenciones en determinados sectores de la población para ayudar al pago del alquiler de una vivienda
Coste: 500.000 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: fomento del mercado de alquiler de vivienda en sectores con dificultades
Tiene que decir:
III.1.3
Dirección general o entidad: Dirección General de Arquitectura y Vivienda
Fuente de financiación: capítulo VII
Descripción: subvenciones para el alquiler de viviendas
Objetivos y efectos: conceder subvenciones en determinados sectores de la población para ayudar al pago del alquiler de una vivienda
Coste: 1.400.000 € (2018: 200.000 €; 2019: 1.200.000 €)
Convocatoria: plurianual (2018-2019)
Incidencia sobre el mercado: fomento del mercado de alquiler de vivienda en sectores con dificultades especiales
2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Palma, 22 de agosto de 2018
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí