Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 8740
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, publicado en el BOIB núm. 31, de 10 de marzo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.
2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde su aprobación hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, ahora bien, aunque éste se estructura en objetivos y líneas sin tener en cuenta el órgano directivo, con respecto a la explicación de los hechos se tienen en cuenta los mismos, ya que las concretas modificaciones de las líneas reflejadas en el anexo son directamente gestionadas por el Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria.
3. En este sentido, el SOIB propone la modificación de varias líneas y la inclusión de una nueva línea, lo 1.11, que integra el Objetivo estratégico II, Fomento y Mejora del Empleo, para fomentar la contratación en prácticas por parte de las entidades que conforman el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (excepto los organismos autónomos y los consorcios) y la Universidad de las Illes Balears y sus entidades dependientes o vinculadas, de jóvenes con estudios universitarios o de formación profesional de grado superior, beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. A pesar que esta línea se prevé que se ejecute en el 2019-2020, a fin de que se puedan formalizar las contrataciones de los jóvenes a principio de 2019, se hace necesario incluirla en el plan estratégico. Esta nueva línea estará financiada por las aportaciones recibidas de la Conferencia Sectorial y con una previsión de incremento de estas aportaciones para los ejercicios 2019 y 2020, si se continúa con la misma tendencia que se ha llevado hasta ahora, con respecto al incremento de las cuantías para las políticas activas de empleo.
En cuanto a las modificaciones, a la línea II.2.3, se trata de una rectificación de crédito derivada de una interpretación integrada de las subvenciones que se otorgan hacia el empleo y la formación de este Servicio, por lo cual se rectifica la modificación inicialmente realizada con el fin de unificar los criterios o con respecto a la línea II.2.8, se rectifican los importes de las anualidades 2019 y 2020.
4. En el apartado 3 del mencionado Acuerdo, se delega en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.
Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, a efectos de incluir una nueva línea de subvenciones y modificar otras, tal como quedan en la redacción siguiente:
OBJETIVO II
FOMENTO Y MEJORA DEL EMPLEO
II.1 Diversificación del modelo económico
II.1.1
Dirección General o entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears
Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19021 y 20021
Descripción: subvención para fomentar la contratación en prácticas por parte de las entidades que conforman el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (excepto los organismos autónomos y los consorcios) y la Universidad de las Illes Balears y sus entidades dependientes o vinculadas, de jóvenes con estudios universitarios o de formación profesional de grado superior, beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Objetivos y efectos: obtener práctica profesional adecuada al nivel de estudios o formación cursados
Coste: 5.000.000 € (2019: 4.500.000 € ; 2020: 500.000 €)
Convocatoria: plurianual (2019-2020)
Incidencia en el mercado: mejora la posibilidad de empleo de estos jóvenes en el ámbito profesional para el cual se han formado
II.2 Medidas de formación profesional para el empleo
Allí donde dice:
II.2.3
Dirección general o entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears
Fuentes de financiación: capítulo IV FF 18020
Descripción: ayudas para procesos mixtos de formación y empleo dirigidos a personas trabajadoras desocupadas mayores de 30 años
Objetivos y efectos: mejorar las aptitudes y las competencias profesionales de personas trabajadoras desocupadas que participan a la vez que llevan a cabo proyectos de interés general o social
Coste: 5.000.000 € (2018: 3.125.000 €; 2019: 875.000 €; 2020: 0 €; 2021 1.000.000 €)
Convocatoria: plurianual (2018-2021)
Incidencia sobre el mercado: mejora de la calificación profesional y de la experiencia profesional vinculada de las personas que participan
Tiene que decir:
II.2.3
Dirección general o entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears
Fuentes de financiación: capítulo IV FF 18020
Descripción: ayudas para procesos mixtos de formación y empleo dirigidos a personas trabajadoras desocupadas mayores de 30 años
Objetivos y efectos: mejorar las aptitudes y las competencias profesionales de personas trabajadoras desocupadas que participan a la vez que llevan a cabo proyectos de interés general o social
Coste: 5.000.000 € (2018: 4.300.000 €; 2019: 0 €; 2020: 700.000 €)
Convocatoria: plurianual (2018-2020)
Incidencia sobre el mercado: mejora de la calificación profesional y de la experiencia profesional vinculada de las personas que participan
Allí donde dice:
II.2.8
Dirección general o entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears
Fuentes de financiación: capítulo IV FF 18020
Descripción: subvención para ejecutar un programa de formación dual en empresas de sectores estratégicos
Objetivos y efectos: ofrecer formación profesional presencial y una experiencia laboral con la modalidad de contrato de formación y aprendizaje para que las personas adquieran, al mismo tiempo, formación y experiencia laboral en un entorno real de mercado laboral
Coste: 7.000.000 € (2019: 6.020.000 € ; 2020: 980.000 €)
Convocatoria: plurianual (2019-2020)
Incidencia sobre el mercado: insertar personas jóvenes menores de 30 años en el mercado laboral
Tiene que decir:
II.2.8
Dirección general o entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears
Fuentes de financiación: capítulo IV FF 18020
Descripción: subvención para ejecutar un programa de formación dual en empresas de sectores estratégicos
Objetivos y efectos: ofrecer formación profesional presencial y una experiencia laboral con la modalidad de contrato de formación y aprendizaje para que las personas adquieran, al mismo tiempo, formación y experiencia laboral en un entorno real de mercado laboral
Coste: 7.000.000 € (2019: 4.200.000 € ; 2020: 1.710.000 € ; 2021: 1.090.000 €)
Convocatoria: plurianual (2019-2021)
Incidencia sobre el mercado: insertar personas jóvenes menores de 30 años en el mercado laboral
2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde su fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 21 de agosto de 2018
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí