Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 8725
Modificación de la resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Economía, Hacienda, Medio Ambiente, Medio Rural y Marino del Consejo Insular de Ibiza, de fecha 12 de junio de 2018, per la que se establece los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2018-19 en la isla de Ibiza (publicada en el BOIB núm. 74 de 16-06-2018)
En fecha 13 de agosto de 2018 el consejero ejecutivo del Departamento de Economía, Hacienda, Medio Ambiente, Medio Rural y Marino del Consejo Insular de Ibiza, dispuso la modificación de la resolución dictada en fecha 12 de junio de 2018, por la que se establece los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2018-19 en la isla de Ibiza i publicada en el BOIB núm. 74 de fecha 16-06-2018, y respecto su punto 3, apartado 3.7 referente al fomento del ca eivissenc en el sentido siguiente:
“3.7. Fomento del ca Eivissenc.
Con el fin dar relevancia al patrimonio que supone esta raza autóctona, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 6/2006, balear de caza y pesca fluvial, modificada per la Ley 3/2013, de 17 de julio, de modificación de la Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial, y modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas, el artículo 34.5, y los artículos 35.2 i 35.3 en cuanto a modalidades tradicionales de caza con perros de caza propios de las islas, se declaran los días 22 y 29 de agosto como hábiles para la caza con ca eivissenc y de acuerdo con las regulaciones que son de aplicación con carácter general en este anexo, en la media veda, y las sociedades de cazadores y cotos privados que lo autoricen.”
(Fecha de la firma: 20 de agosto de 2018
Isabel Silverde Fernandez)