Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 8638
Trámite de audiencia en el procedimiento de resolución de recursos de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, en el cuerpo auxiliar de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
El día 25 de junio de 2018 el Tribunal Calificador emitió un informe en respuesta a las alegaciones presentadas a la lista provisional de personas aspirantes que han superado el segundo ejercicio y a la lista provisional de personas aspirantes que han superado la fase de oposición de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, en el cuerpo auxiliar de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el cual concluye que:
Finalmente, el tribunal considera que los principios de mérito y capacidad de los aspirantes han quedado demostrados, pero existen dudas razonables en relación con el principio de igualdad. Por lo tanto, el tribunal decide anular el segundo ejercicio realizado el pasado día 26 de mayo.
Contra este acuerdo del Tribunal Calificador se han interpuesto varios recursos, en los cuales se solicita que se revoque dicho acuerdo o que se estimen alegaciones que se desestimaron.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 118.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas disponen de un plazo de diez días, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, para presentar las alegaciones que consideren oportunas.
Con el fin de obtener una copia de los recursos interpuestos, las personas interesadas que lo deseen tendrán que presentar una solicitud dirigida a la Escuela Balear de Administración Pública indicando una dirección de correo electrónico a la cual se remitirá la documentación.
Estas solicitudes se pueden presentar en el Registro General de la Escuela Balear de Administración Pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con el fin de agilizar el procedimiento, se ruega a las personas interesadas que, una vez registrada la solicitud, envíen una copia de esta mediante correo electrónico a la dirección <servei.juridic@ebap.caib.es>.
Las personas interesadas que no dispongan de correo electrónico o no deseen utilizar este medio de comunicación tienen a su disposición los expedientes en el lugar y el horario siguientes:
De lunes a viernes, de 9.00 h a 14.00 h, en el Servicio de Régimen Jurídico, en la sede de la EBAP (c. del Gremi de Corredor s, 10, 3.º, polígono de Son Rossinyol, Palma).
Las copias en papel requerirán el pago previo de la tasa establecida en los artículos 70 bis a 70 quinquies de la Ley 11/1998, de 14 de desembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
Palma, 13 de agosto de 2018
El director gerente
Jaime Tovar Jover