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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 8613
Formalización de la encomienda de gestión para la gestión del Servicio de Comida a Domicilio a la Llar de Calvià, S.A.

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Texto

De conformidad con lo dispuesto en el punto 3, apartado a), del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público se publica la formalización de la encomienda de gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio a la Llar de Calvià, S.A., firmado en fecha 11 de julio de 2018.

 Calvià, (Fecha de la fiema: 9 de agosto de 2018)

El Alcalde,

Alfonso Rodríguez Badal

 

REUNIDOS

De una parte, D. Alfonso Rodríguez Badal, Alcalde-Presidente del Ajuntament de Calvià, representación que ostenta en virtud del acuerdo del Pleno extraordinario adoptado en sesión constitutiva celebrada en fecha 15 de junio de 2015, quien interviene en nombre y representación del Ayuntamiento, en uso de las facultades que le confiere la legislación vigente.

Y de otra, Dña. Mª del Carmen Pérez Blasco, con DNI núm. 43.030.908-R, expedido en Palma el día 8 de mayo de 2009, domiciliado en Palma, calle Gaspar Sabater núm. 4, quien actúa en nombre y representación de la Llar de Calvià, S.A con CIF A-07802044, según escritura de Acuerdos Sociales otorgada ante la notaria de Calvià, Dña. Maria N. Mayol Contreras, con fecha 18 de abril de 2018, bajo el número 296 de su protocolo y debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para formalizar el presente documento.

EXPONEN

Que el Pleno del Ajuntament de Calvià, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de noviembre de 1996, acordó por unanimidad la aprobación definitiva de la Memoria para el ejercicio de la actividad de la Residencia de la Tercera Edad y otros servicios asistenciales para personas de la Tercera Edad y personas con discapacidad, así como la constitución de la empresa municipal “Llar de Calvià, S.A”, de acuerdo con sus Estatutos.

Asimismo, se acordó transferir la encomienda de gestión del servicio de la Residencia para la Tercera Edad de Calvià, realizada en su día a favor de Calvià 2000, S.A, a la nueva sociedad.

El Pleno del Ajuntament de Calvià, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2007, aprobó por mayoría la propuesta para encomendar a la Empresa Municipal “Llar de Calvià, S.A”, el Programa de Promoción Sociocultural de Mayores desde el 1 de enero de 2008 y por un periodo de cuatro años.

Así, el Pleno del Ajuntament de Calvià, en sesión ordinaria celebrada en fecha 24 de noviembre de 2011, aprobó por mayoría la propuesta para prorrogar la encomienda de gestión del citado Programa para un periodo de cuatro años a contar desde el 1 de enero de 2012. Asimismo, el Pleno del Ajuntament de Calvià, en sesión ordinaria celebrada en fecha 26 de noviembre de 2015, aprobó por unanimidad la propuesta para prorrogar la citada encomienda por un periodo de cuatro años más.

El Pleno del Ajuntament de Calvià, en sesión ordinaria celebrada en fecha 26 de octubre de 2017, aprobó por unanimidad la propuesta para encomendar a la Empresa Municipal “Llar de Calvià, S.A.” la gestión del servicio de comida a domicilio.

Que, en aplicación de lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes acuerdan expresamente formalizar una encomienda de gestión por parte del Ajuntament de Calvià a la Llar de Calvià, S.A. para la gestión del servicio de comida a domicilio.

Así, el objeto de la encomienda de gestión es la gestión del servicio de comida a domicilio para personas empadronadas y residentes en Calvià, con edad igual o superior a 65 años, en los términos que indique el Reglamento del Servicio de Comida a Domicilio del Ajuntament de Calvià y la Ordenanza Fiscal en relación al perfil de los potenciales beneficiarios y beneficiarias.

Esta encomienda no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o Entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda, en virtud de lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Esta encomienda de gestión tiene carácter administrativo, formalizándose de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.

ACUERDAN

PRIMERA.- Encomendar a la sociedad municipal “Llar de Calvià, S.A.” la gestión del servicio de comida a domicilio para personas empadronadas y residentes en Calvià, con edad igual o superior a los 65 años, en los términos que indique el Reglamento del Servicio de Comida a Domicilio del Ajuntament de Calvià en relación al perfil de los potenciales beneficiarios y beneficiarias, y de la Ordenanza Fiscal que regula el precio del servicio.

SEGUNDA.- La encomienda de gestión entrará en vigor el 1 de enero de 2018 o en la fecha de la entrada en vigor del Reglamento del Servicio de Comida a Domicilio del Ajuntament de Calvià y finalizará el 31 de diciembre de 2021. Podrá ser prorrogada por acuerdo de las partes por un periodo máximo de cuatro años.

TERCERA.- La empresa municipal Llar de Calvià, S.A facturará al Ajuntament de Calvià los gastos correspondientes derivados de la ejecución de la encomienda de gestión durante la vigencia de la misma.

CUARTA.- La empresa municipal “Llar de Calvià, S.A” asumirá las funciones que a continuación se relacionan, que se llevarán a cabo conforme al Reglamento más arriba citado:

a) Organización, aplicación, seguimiento y evaluación del Servicio de Comida a Domicilio.

b) Prestación del servicio a los ciudadanos y ciudadanas designados por el Ajuntament de Calvià a través de Servicios Sociales, en función del Reglamento del Servicio de Comida a Domicilio. La prestación se concreta en un servicio de menú completo de comida, o comida y cena, servido en el domicilio de los ciudadanos y ciudadanas en las condiciones adecuadas, tanto nutricionales como de conservación.

La Comisión de Admisión y Seguimiento será la encargada de aprobar las solicitudes del servicio y determinar el orden de acceso al mismo, tal y como determina la Ordenanza Reguladora de los Centros para Mayores dependientes en el municipio de Calvià, publicada en el BOIB núm. 12, de 23 de enero de 2007.

c) Gestión de la facturación del Servicio a los ciudadanos y ciudadanas que siendo beneficiarios y beneficiarias del mismo tengan que colaborar en el pago, en función de los criterios establecidos en la correspondiente Ordenanza municipal de precio público del Servicio de Comida a Domicilio.

QUINTA.- Esta encomienda de gestión se extinguirá cuando concurra alguna de las causas siguientes:

1ª Por expiración del periodo de vigencia.

2ª Por mutuo acuerdo de las partes.

3ª Por desistimiento por parte del Ajuntament de Calvià motivado por el incumplimiento del objeto de la encomienda.

SEXTA.- Trasladar este acuerdo a la LLAR DE CALVIÀ, S.A

SÉPTIMA.- Facultar a la Gerencia de la Llar de Calvià, S.A para que realice las gestiones y adopte todas las resoluciones que sean necesarias para la efectividad de los acuerdos anteriores.