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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 8466
Nombramiento TAG Urbanismo interino 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Nombramiento de tècnico de Administración General (TAG), adscrito al servició de urbanismo.

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm. 2018-0923, de 9 de julio, ha resuelto lo siguiente:  

El decreto de Alcaldía núm. 2018-0698, de 21 de mayo, procede a la aprobación de la convocatoria, así como las bases (anexo I) por el sistema de concurso-oposición, de una bolsa de trabajo de TÉCNICO / A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears) adscrita al servicio de urbanismo, para la cobertura de la plaza en sustitución del titular de la misma mientras dure su ausencia.

El Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 64, de fecha 24 de mayo de 2108, procede a su publicación.

El decreto de Alcaldía núm. 2018-0908, de fecha 03 de julio, constituye la bolsa de trabajo de técnico / a de Administración General, adscrita al servicio de Urbanismo del Ajuntament de Son Servera.

Se ha contactado, en fecha 03 de julio de 2018, telefónicamente, por el servicio de Personal, y por orden de prelación con los aspirantes núm. 1 y, luego con el núm. 2 de la misma, los cuales han renunciado, el núm. 1 mediante escrito enviado por correo electrónico de fecha 04 de julio de 2018 y, el núm. 2 mediante escrito de renuncia presentado al RGE municipal de fecha 05 de julio de 2018, con el núm. 2018-RE-C-4613.

Posteriormente se ha contactado con el aspirante núm. 3 del orden de prelación, lo ha aceptado su nombramiento como técnico de Administración General, adscrito al servicio de Urbanismo, para la cobertura de la plaza en sustitución del titular de la misma, mientras dure su ausencia .

De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales

      

R E S U E L V O :

Primero.- Nombrar la persona, con DNI núm. 43181143T, como TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears) adscrito al servicio de urbanismo, para la cobertura de la plaza en sustitución del titular de la misma mientras dure su ausencia, de acuerdo con lo establecido en la resolución de la Alcaldía núm. 2018-0698, de fecha 21 de mayo, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 64, de data 24 de mayo de 2018.

Segundo.- Que los efectos de la misma cuenten a partir de la fecha 11 de julio de 2018.

Tercero.- Publicar la presente, mediante edicto, en el Butlletí Oficial de les Illes Balers (BOIB), en la sede electrónica del Ajuntament de Son Servera (sonservera.eadministracio.cat) y en el tablón de anuncios municipal, al objeto de dar conocimiento público.

Cuarto.- Dar cuenta al departamento de Personal e Intervención para su conocimiento y efectos.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde / sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso - administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.

 

Son Servera, 10 de agosto de 2018

La alcaldesa en funciones,

Natalia Troya Isern