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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 8439
Concejalía de Función Pública y Gobierno Interior. Aprobación inicial Ordenanza de transparencia. Plazo para información pública y audiencia

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Texto

En sesión ordinaria del día 26 de julio de 2018, el Pleno del Ayuntamiento ha acordado aprobar inicialmente la Ordenanza de transparencia del Ayuntamiento de Palma, vistos el informe favorable de los Servicios Jurídicos municipales, el acuerdo de aprobación de la Junta de Gobierno, la desestimación de las enmiendas presentadas por el Grupo Municipal Popular, la estimación de la enmienda de corrección técnica y el dictamen favorable de la Comisión de Cuentas, Economía y Recursos Humanos.

De conformidad con el acuerdo del Pleno y en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el artículo 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears; y el artículo 100 del Reglamento orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 127, de 11 de septiembre de 2004), se somete esta Ordenanza a información pública y a audiencia de las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en este término municipal e inscritas en el Registro municipal de asociaciones vecinales cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la Ordenanza que se aprueba, en los términos del artículo 102 de dicha Ley 20/2006, para que puedan presentar alegaciones durante un plazo de treinta días, contados desde el día siguiente a aquel en que se publique este anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. El texto íntegro de la Ordenanza se puede consultar en la página Web del Ayuntamiento y en el portal TufasPalma.

Los escritos de alegaciones se pueden presentar de acuerdo con la normativa que regula el procedimiento administrativo común y en las OAC (oficinas de atención a la ciudadanía) del Ayuntamiento de Palma.

 

Palma, 6 de agosto de 2018

La jefa del Departamento de Calidad y Atención a la Ciudadanía
p.d. Decreto de Alcaldía nº 3000, de 26 de febrero de 2014
(publicado al BOIB nº 30, de 4 de marzo de 2014)