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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 8435
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 7 de agosto de 2018 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efectos de la adjudicación

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de 5 de mayo de 2016 se aprobaron las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, incluidas las ofertas de empleo pública aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015 (BOIB n.º 60, de 12 de mayo).

2. Por la Resolución de 26 de octubre de 2017 se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 132, de 28 de octubre).

3. Una vez finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el Tribunal Calificador ha elevado a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas la lista definitiva de personas aspirantes seleccionadas con el orden de prelación final.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.

4. Las bases 12 y 13 de La Resolución de 5 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, incluidas las ofertas de empleo pública aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015.

5. La base 12 de la Resolución de 26 de octubre de 2017 por la que se aprobó la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.  Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la lista definitiva de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con el orden de prelación final que figura en el anexo I de esta Resolución.

2.  Publicar como anexo II la lista de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado las mencionadas pruebas selectivas, al efecto de que soliciten el destino.

3.  Establecer que, en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de esta Resolución, las personas aspirantes seleccionadas deben presentar, en el Registro General de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la consejería competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:

a) Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

b) Una fotocopia compulsada del certificado acreditativo de los conocimientos de lengua catalana.

c)  Declaración jurada o promesa de no haber sido separados mediante un expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por una resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionariado del que hubieran sido separados o inhabilitados, según el modelo que facilitará la dirección general competente en materia de función pública, que se adjunta a esta Resolución como anexo III.

En el caso de ser nacionales de otro estado, se debe acreditar no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

d) Un certificado médico, en modelo oficial, acreditativo de tener las capacidades y las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad cuando se trate de personal funcionario de nuevo ingreso. Cuando se trate de personal funcionario que haya participado en la modalidad de promoción interna, puede presentar un certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la consejería competente en materia de vigilancia de la salud de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

e) Escrito en que se eligen, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo ofrecidos. La solicitud debe incluir la totalidad de los puestos (anexo IV).

4. Ordenar que, si la persona aspirante seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente constatados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante una resolución motivada, o si al examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no puede ser nombrada funcionaria y quedan anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

5. Establecer que las plazas se deben adjudicar de conformidad con el orden final de prelación de las personas aprobadas, de acuerdo con la petición de destino efectuada por la persona interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Palma, 7 de agosto de 2018

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí    

 

ANEXO I
Lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

               DNI             Apellidos, nombre                               Total             Posición

              *2236           Martorell Fuster, Francisco José             29,096            1

              *4434           Tomás Marín, Joaquín Eduardo              26,463            2

 

ANEXO II
Lista de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

CONSEJERIA / E.A.

CENTRO DIRECTIVO

CODIGO PUESTO

NOMBRE DEL PUESTO

CD

C. ESP.

NP

TL

FP

A.P.

NIVEL DE CATALAN

DESTINO

GRUPO

CUERPO

OBS

CONSEJERIA DE PRESIDENCIA

DIRECCIÓN  DE LA ABOGACIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

F01220002

ABOGADOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

29

22.286,04

5

S

C

AA

C1

PALMA

A1

2517

DE, IN, RDT

ANEXO III
Declaración jurada

____________________________________________________________________, con DNI n.º _______________________________, al haber superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares,

DECLARO:

Que, de acuerdo con el que dispone la base 13 de la Resolución de 5 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, incluidas las ofertas de empleo pública aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015 (BOIB n.º 60, de 12 de mayo), no he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni me hallo inhabilitado de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo mencionado, de acuerdo con el artículo 56.1 d del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

________________________________, _____________d______________________de 2018

[firma]

CONSEJERA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Documentos adjuntos