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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD
Núm. 8391
Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad per la cual se somete a información pública el proyecto de Decreto por el cual se regulan las viviendas desocupadas, su registro y el procedimiento de cesión obligatoria por parte de los grandes tenedores
El 16 de julio de 2018 el consejero de Territorio, Energía y Movilidad ordenó iniciar el procedimiento de elaboración del decreto por el cual se regulan las viviendas desocupadas, su registro y el procedimiento de cesión obligatoria por parte de los grandes tenedores.
El 19 de julio de 2018 el director general de Arquitectura y Vivienda emitió una memoria de análisis de impacto normativo sobre el proyecto de Decreto mencionado
El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos.
El artículo 44 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, establece que, cuando lo exija la naturaleza de la disposición o lo decida el Consejo de Gobierno o el consejero competente, el proyecto ha de someterse a información pública.
Los artículos 34.2 f y 41.2 b de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, regulan, respectivamente, la promoción de la utilización de las técnicas y de los medios telemáticos en la relación de la Administración con los ciudadanos y el derecho a la información de los ciudadanos.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter el borrador de proyecto de decreto por el cual se regulan las viviendas desocupadas, su registro y el procedimiento de cesión obligatoria por parte de los grandes tenedores, a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la sede de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad (calle de la Palma, 4, Palma), en la página web de la Dirección general de Arquitectura y Vivienda (http://vivienda.caib.es), y en la página web de Participación Ciudadana (http://participacionciudadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.
2. Fijar el plazo para la información pública en veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones han de presentarse en la sede de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad (calle de la Palma, 4, Palma), o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y han de ir dirigidas a la Dirección general de Arquitectura y Vivienda.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web de Participación Ciudadana (<http://participacionciudadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el apartado anterior.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de agosto de 2018
El consejero
Marc Pons i Pons