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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 8377
Aprobación definitiva del precio público 0.14 regulador de los servicios no obligatorios prestados por el Patronato del Hospital Municipal de Ciutadella

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Texto

La Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el dia 23.05.18 aprobó inicialmente el precio público 0.14 regulador de los servicios no obligatorios del Patronato del Hospital Municipal de Ciutadella de Menorca.

En el BOIB núm.69 de día 05.06.18 se publica el anuncio de la mencionada aprobación.

Visto que durante el periodo establecido a tal efecto no se han presentado alegaciones.

Vista la legislación vigente se publica íntegramente el precio público anteriormente mencionado.

PRECIO PÚBLIC 0.14 PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO OBLIGATORIOS POR PARTE DEL PATRONATO DEL HOSPITAL MUNICIPAL DE CIUTADELLA

ARTÍCULO 1º OBJETO Y FUNDAMENTO

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 i 142 de la Constitución Española, y por

el articulo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de les Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en el articulo 127, en relación al articulo 41, ambos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de les Haciendas Locales aprobadas por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio publico para la prestación de servicios no obligatorios por parte del Patronato del Hospital Municipal de Ciutadella.

Articulo 2º - OBJETO

Sera objeto del presente Precio Público la utilización de los servicios no obligatorios a los que se hace referencia en la presente ordenanza.

 Articulo 3ª - SUJETO PASIVO

Están obligados al pago de este precio público regulado en la presente ordenanza:

a) Las personas físicas o jurídicas que se beneficien de los servicios regulados en esta normativa o las personas solicitantes de los mencionados servicios (siempre que no tengan la condición de sujeto pasivo de la tasa regulada en la ordenanza fiscal núm. 23)

 Articulo 4º.- CUOTAS

El importe de los precios públicos queda fijado en el cuadro siguiente:

TARIFAS

EUROS

Servicio menús a terceros de dietas hospitalarias

9,25 €

Servicio de lavandería a terceros de ropa hospitalaria

2,34 €

Article 5è.- GESTIÓN Y COBRO

1. El Patronato Municipal del Hospital liquidara mensualmente la totalidad de los servicios prestados durante el mes.

2. El impago de las liquidaciones practicadas en los plazos establecidos al efecto, podran dar lugar al cese de la prestación del servicio, sin perjuicio de los correspondientes expedientes de apremio para la recaudación de la cuotas devengadas.

DISPOSICIÓ ADDICIONAL

Todo lo no previsto en esta ordenanza se regirá por lo establecido al respecto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de les Haciendas Locales, por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, así como por la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente precio público se aplicará una vez haya terminado su tramitación y perrmanecerá en vigor mientras la Junta de Gobierno no acuerde su modificación o derogación.

Aprobada inicialmente vista la propuesta del Consejo Rector del Patronato Municipal del Hospital de Ciutadella, en sesión ordinaria celebrada el 12 de abril de 2018.

Todo lo cual se publica de conformidad con lo dispuesto en el articulo 17.4 del RD 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales.

Ciutadella de Menorca, 20 de Julio de 2018.

El alcalde acctal.,

Josep Juaneda Mercadal