Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIOS DE MEJORA AGRARIA Y PESQUERA (SEMILLA)

Núm. 8349
Resolución del Presidente de SEMILLA (Serveis de Millora Agrària i Pesquera), de 1 de agosto de 2018 por la que se determina la suplencia de la Directora gerente de SEMILLA

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los Estatutos de la entidad pública empresarial SEMILLA (Serveis de Millora Agrària i Pesquera), establece en el artículo 16 que la Gerencia es un órgano unipersonal de dirección de SEMILLA, jerárquicamente inferior a la Presidencia y al Consejo de Administración.

En cuanto a los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquiera otro impedimento para actuar de la Directora gerente, el artículo 16.4 del Decreto 28/2014, de 27 de junio, dispone que la tiene que sustituir la persona que designe el Consejo de Administración a propuesta de la persona titular de la Presidencia.

El artículo 9.1 de personal directivo profesional de SEMILLA dispone que bajo la dependencia de los órganos de dirección,  puede haber puestos de trabajo de personal directivo profesional, con funciones de dirección técnica, programación, coordinación, impulso y evaluación de las actuaciones propias de la entidad, de acuerdo con el que prevé el Título IV. Al amparo de este artículo el Consejo de Administración de SEMILLA en sesión de 15-12-2016 nombró personal directivo profesional adjunta a gerencia-coordinadora de proyectos a la Sra. Aina Calafat Rogers.

El artículo 13, de suplencia de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público, y los artículos 32 y 33 sobre la suplencia de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, disponen que los titulares de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se tienen que sustituir en sus funciones, de manera temporal, en los supuestos de ausencia, de enfermedad o de vacante, de acuerdo con el que establece esta ley, salvo lo que dispone la normativa específica para los miembros del Gobierno.

Por lo tanto, la Directora gerente de SEMILLA puede ser suplida para el despacho ordinario y para la tramitación de los actos que le son competencia, propia o delegada.

De conformidad con lo que dispone el artículo 11.1.f), del Decreto 28/2014, de 27 de junio, que confiere al Presidente de SEMILLA la función de ejercer, por razones de urgencia o circunstancias especiales, cualquier facultad que corresponda al Consejo de Administración y dar cuenta a efectos de la ratificación, y de acuerdo con el que prevé el artículo 42 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente,

Resolución

Primero: En caso de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento para actuar de la Directora gerente designar como suplente, de los actos que le son competencia propia o delegada, a la Sra. Aina Calafat Rogers, Adjunta a gerencia-coordinadora de proyectos.

Segundo: Dar cuenta de esta designación de suplencia al Consejo de Administración de SEMILLA a efectos de la ratificación.

Tercero: Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares esta designación de suplencia.

 

Palma, a 1 de agosto de 2018

El Presidente de SEMILLA
Vicenç Vidal Matas