Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 8341
Corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 13 de abril de 2018 por la que se convoca un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de celador/celadora dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Hechos
1. El 21 de Abril de 2018 se publicó en el BOIB. Nº 49 la Resolución del director general del Servicio de Salud de 13 de abril de 2018 por la que se convoca un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de celador/celadora dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. Se han advertido errores en su anexo 3 “Baremo”
3. Se ha detectado un error, en la versión en catalán, en el punto 1 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 13 de abril de 2018.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que
Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar los errores observados en el punto 1 y en el anexo 3 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 13 de abril de 2018 por la que se convoca un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de celador/celadora dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 18 de julio de 2018
El director general del Servicio de Salud de les Illes Balears
Julio Miguel Fuster Culebras
Resolución
Corrección de errores
En el punto 1.
Donde dice:
1. Aprobar la convocatoria de un concurso-oposición para cubrir 315 plazas vacantes de personal estatutario de la categoría de celador/celadora dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Debe decir:
1. Aprobar la convocatoria de un concurso-oposición para cubrir 351 plazas vacantes de personal estatutario de la categoría de celador/celadora dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Anexo
Corrección de errores
En el anexo 3 “Baremo”.
En el punto 2a debe introducirse el punto 4) que debe decir:
4. Se entenderán incluidas en este apartado las asignaturas de las diplomaturas, licenciaturas, grados o cursos de formación profesional que tengan relación con la categoría.
En el punto 2c) se añade un párrafo con la siguiente redacción:
Estas valoraciones están referidas a certificados de aprovechamiento, si son certificados de asistencia se reducirán en un 50%.
En el punto 3.1
Donde dice:
Los certificados emitidos por la Dirección General de Cultura y Juventud y los reconocidos en la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB Nº 34/2013) tienen una valoración máxima de 5 puntos:
a) Certificado de conocimientos de catalán B1: 1 punto.
b) Certificado de conocimientos de catalán B2: 2 puntos.
c) Certificado de conocimientos de catalán C1: 3 puntos.
d) Certificado de conocimientos de catalán C2: 4 puntos.
e) Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (LA): 1 punto.
Debe decir:
Los certificados emitidos por la Dirección General de Cultura y Juventud y los reconocidos en la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, los diplomas y los certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB N.º 34/2013) tienen una valoración máxima de 5 puntos:
a) Certificado de conocimiento de catalán A1: 0,5 puntos.
b) Certificado de conocimiento de catalán A2: 1 punto.
c) Certificado de conocimiento de catalán B1: 1,5 puntos.
d) Certificado de conocimiento de catalán B2: 2 puntos.
e) Certificado de conocimiento de catalán C1: 3 puntos.
f) Certificado de conocimiento de catalán C2: 4 puntos.
g) Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo: 1 punto.