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AYUNTAMIENTO DE CONSELL
Núm. 8289
Baja de oficio por inscripción indebida en el padrón municipal de habitantes
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El Alcalde en fecha 2 de agosto de 2018, emitió el decreto núm. 92, que dice el siguiente:
Antecedentes del acuerdo:
En base a la resolución de 9 de abril de 1997, de la Subsecretaria del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 1 de abril de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan las instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón municipal.
Vista la resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia de de Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección general de Coordinación de Competencias en las Comunidades Autónomas y entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
RESUELVO:
Primero.- Dar de baja de oficio por inscripción indebida al padrón municipal de habitantes para incumplir los requisitos establecidos al arte. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las entidades Locales, a las siguientes personas:
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Document |
data de naixement |
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41586920E |
19/07/1999 |
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18215076L |
01/03/1965 |
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18233591L |
25/11/1966 |
|
18232852Q |
30/09/1968 |
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43139293X |
26/07/1980 |
|
42942830J |
16/01/1952 |
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52033944D |
29/10/2001 |
|
52034184L |
01/06/2004 |
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43120993H |
28/09/1977 |
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53519496 |
27/02/1961 |
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43041130B |
08/12/1969 |
|
08864603N |
04/07/1987 |
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624406725 |
23/09/1959 |
|
46396967X |
07/12/2008 |
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43140888H |
26/11/1984 |
|
18225527M |
22/04/1972 |
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46395589N |
12/08/1877 |
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19452502E |
17/03/1950 |
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43150452Z |
02/09/1983 |
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43017471L |
11/05/1963 |
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43105834Q |
19/10/1974 |
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47602824T |
02/10/1981 |
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Y01750034R |
21/02/1981 |
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X09636591M |
22/04/1989 |
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Y04728988H |
19/07/2013 |
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-- |
29/10/2016 |
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Y01745321A |
21/06/2010 |
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43070673E |
19/11/1975 |
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M367918 |
23/02/1992 |
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43183742T |
06/02/1989 |
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43063421S |
04/01/1974 |
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X08795291E |
01/03/1987 |
Segundo.- Se concede un plazo de quince días desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo a alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Tercero.- Una vez pasado el mencionado plazo sin que se haya utilizado el derecho para presentar a alegaciones o aportar pruebas, de acuerdo con el artículo 72 del vigente De acuerdo con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las entidades Locales (Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre.)” se enviará el expediente al “ Consejo de Empadronamiento”, para que emita de oportuno informe.
Quart.- El que se anuncia en aplicación del previsto al arte. 44 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, atendida la imposibilidad de noticiarlo a los interesados por su conocimiento y efectos correspondientes.
Consell, 2 de agosto de 2018.
El Secretario,
Antoni Sastre Oliver