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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 8237
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se clasifica el puesto de trabajo de tesorería del Ayuntamiento de Bunyola como reservado para personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención tesorería

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Texto

Hechos

1. Día 26 de junio de 2018 tuvo entrada en el Registro general de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (registro n.º 14210) una solicitud del Ayuntamiento de Bunyola de clasificación del puesto de trabajo de tesorería como reservado para personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.

2. La Secretaría y la Intervención del Ayuntamiento de Bunyola están clasificadas como clase segunda. Con respecto al puesto de trabajo de tesorería no está reservado a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional sino que, actualmente, un funcionario propio del Ayuntamiento ejerce sus funciones.

3. El presupuesto del Ayuntamiento de Bunyola para el año 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el 23 de enero de 2018. En la plantilla de personal, publicada junto con el presupuesto mencionado, figura el puesto de trabajo de tesorero como reservado a personal funcionario de la escala de la Administración local con habilitación de carácter nacional. El Ayuntamiento presentó un certificado de 5 de julio de 2018, acreditativo de la inclusión del puesto de trabajo en la plantilla de personal para 2018.

4. Mediante un escrito de 9 de julio de 2018 el Servicio de Corporaciones Locales solicitó al Colegio de Secretarios e Interventores de las Illes Balears que informara sobre la creación de este puesto de trabajo. En una Resolución de la Junta de Gobierno de 12 de julio de 2018, el Colegio informó favorablemente sobre la creación de la plaza de tesorería del Ayuntamiento de Bunyola, como reservada para personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención tesorería.

5. El 17 de julio de 2018 el Servicio de Corporaciones Locales emitió el informe jurídico correspondiente.

6. El 17 de julio de 2018 el director general de Función Pública y Administraciones Públicas emitió la propuesta de resolución correspondiente.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 92 bis 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que el Gobierno debe regular las especialidades de la creación, la clasificación y la supresión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

2. El artículo 14 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, establece que en las corporaciones locales cuya secretaría esté clasificada en primera o segunda clase, existirá un puesto de trabajo denominado tesorería, al cual corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones que enumera el artículo 5º del Real Decreto. Estos puestos estarán reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención tesorería.

3. La disposición transitoria sexta del mencionado Real Decreto, establece que las corporaciones locales cuya secretaría esté clasificada en clase segunda y el puesto de tesorería no esté reservado a la escala de funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional a la entrada en vigor del Real Decreto, deberán modificar su relación de puestos de trabajo y solicitar a la correspondiente comunidad autónoma la clasificación del puesto como reservado a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención tesorería para su inclusión en los procedimientos de provisión ordinarios de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.

4. El artículo 1.2 del Decreto 2/2017, de 13 de enero, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de las entidades locales de las Illes Balears reservados a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, establece que el nivel de conocimiento de la lengua catalana que se exige con carácter general es el nivel B2, sin perjuicio de que las entidades locales puedan exigir el requisito del conocimiento de la lengua catalana correspondiente al certificado de nivel C1 para cualquier forma de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional cuando esté previsto en la relación de puestos de trabajo o lo acuerde el órgano competente.

5. El artículo 2.3 c del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional que presta servicio en las corporaciones locales a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, mediante la Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Clasificar el puesto de trabajo de tesorería del Ayuntamiento de Bunyola como reservado para personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de intervención tesorería. El nivel de conocimiento de la lengua catalana que corresponde a este puesto es el B2.

2. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Bunyola y al Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de las Illes Balears y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 25 de julio de 2018

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas,

Catalina Cladera i Crespí