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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO CENTRO BALEARES EUROPA

Núm. 8228
Resolución de la presidenta del Centre Balears Europa por la cual se aprueban las bases que van a regir la concesión de cuatro becas CBEuropa 2018, para la formación práctica de titulados universitarios en la oficina del Centre Balears Europa en Bruselas, así como la aprobación de la convocatoria correspondiente

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Texto

Hechos

1. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, el establecimiento o la gestión de las cuales corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades de las que depende y, en particular, la disposición adicional primera.

2. Los Estatutos del Centre Balears Europa (CBE) disponen que el objeto del Consorcio es el impulso, la organización y la coordinación de actividades relacionadas con el ámbito de la Unión Europea y que, para cumplirlo, el Centre tiene entre sus finalidades otorgar ayudas y becas.

3. El 18 de julio de 2018, la directora gerente del CBE emitió una memoria justificativa sobre la convocatoria de las becas CBEuropa 2018.

4. El 30 de julio de 2018, la jefa de Administración del CBE expidió un certificado de existencia de crédito suficiente para las cuatro becas CBEuropa 2018.

5. La Junta Rectora en comisión se reunió el 2 de agosto de 2018 y acordó la aprobación de las bases y la convocatoria de las becas CBEuropa 2018.

De acuerdo con el artículo 15 del Decreto legislativo 2/2005 y haciendo uso de la competencia que me atribuye el punto 1 de la letra h del artículo 21 de los Estatutos del CBE, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria que va a regir la concesión de cuatro becas CBEuropa 2018 para la formación práctica de jóvenes titulados universitarios en la oficina del Centre Balears Europa en Bruselas, así como las bases correspondientes que figuran en el anexo I.

2. Establecer el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 20 de agosto a las 14 horas.

3. Autorizar el gasto por un importe máximo de 16.800 euros para cada beca, lo cual hace un total de 67.200 euros para las cuatro becas. Este importe se consigna en el presupuesto del CBE para los años 2018 y 2019, con cargo a la partida presupuestaria 659 Becas CBEuropa 2018.

4. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

5. En caso de discrepancia con la versión catalana y la versión castellana prevalece la versión catalana.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del órgano que ha dictado la Resolución, en el plazo de un mes contado des del día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo frente al juzgado competente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma a 2 de agosto de 2018

La presidenta del Centre Balears Europa

P.S. El vicepresidente CBE

Por suplencia de la presidenta (artículo 22.2 de los Estatutos aprobados per Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de septiembre de 2014 por el que se autoriza la modificación de los Estatutos del CBE)

Félix Pablo Pindado

 

ANEXO I

Bases de rigen la convocatoria para la concesión de las becas CBEuropa 2018

1. Objetivos

- Perfeccionar los conocimientos de ámbito europeo y de carácter práctico en la oficina del CBE en Bruselas y en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Mejorar el conocimiento del funcionamiento de las instituciones, las políticas y las acciones de la Unión Europea.

- Participar en la actividad habitual y colaborar en las tareas técnicas de la oficina de Bruselas: búsqueda de información y preparación de material y documentación, asistencia a reuniones o conferencias de instituciones y órganos de la Unión Europea, y colaboración en la realización de informes, boletines, etc.

- Consolidar unos amplios conocimientos prácticos de todo lo que supone la pertenencia de las Islas Baleares en la Unión Europea.

2. Dotación

- El CBE se compromete a dotar la persona beneficiaria de la beca con la cantidad de 1.200,00 € mensuales brutos durante el tiempo de la beca (14.400€ brutos anuales). Se tiene que hacer la retención del IRPF de esta cantidad y dar cumplimiento a la normativa en materia de seguridad social que resulte de aplicación.

- Durante el tiempo de la duración de la beca, se tiene que disponer individualmente de una dotación máxima para la formación complementaria de 2.400€ anuales, mediante la justificación del gasto y la autorización previa de la gerencia. En el supuesto de que se abandone la beca antes de su finalización, la persona becaria tendrá que devolver la parte proporcional de la subvención recibida por este concepto. La formación debe tener relación directa con los objetivos de la beca.

- El CBE también se compromete a sufragar, al comienzo de la beca, un billete de avión de ida desde el lugar de residencia en el Estado español hasta Bruselas y, a su conclusión, un billete de vuelta (como mínimo se tiene que haber disfrutado los seis primeros meses de la beca) desde Bruselas al lugar de residencia en el Estado español. Además, si fuera necesario, se tiene que pagar la primera semana de alojamiento.

- El seguro de accidentes durante el período de la beca está a cargo del CBE.

3. Destinatarios: Requisitos

- Estar en posesión del título académico exigido (licenciatura o grado universitario) o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que acabe el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, es necesario aportar la homologación correspondiente del ministerio competente en materia de Educación.

- Acreditar, con un título oficial, como mínimo un conocimiento de inglés del nivel B2, según el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL).

- Acreditar, con un título oficial, como mínimo un nivel de catalán C1 (MCERL).

- Tener la ciudadanía de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

- Limitación edad 30 años incluidos. 

- No haber sido beneficiario de esta beca CBEuropa con anterioridad.

- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de una subvención, en virtud del previsto en el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y, en concreto, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, así como estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

- Estar en situación de paro en el momento de aceptación de la beca y acreditarlo mediante la inscripción en la oficina de ocupación correspondiente.

4. Plazo presentación solicitudes

Presentación de candidaturas: hasta el día 20 de agosto de 2018 a las 14 horas.

5. Documentación a presentar

- Formulario de solicitud de participación en el procedimiento de selección para la beca (anexo II).

- Currículum formato EUROPASS con fotografía tamaño carnet.

- Acreditación de la licenciatura o grado (original y copia o copia compulsada).

- Acreditación de los certificados o títulos que avalen los requisitos y los méritos expuestos (originales con copias o copias compulsadas).

6. Lugar y forma de presentación de la documentación

- Registro del CBE:

o Centre Balears Europa. C/ del Palau Reial, 17. 07001 de Palma.

o Tel.: 971 177129

o Horario: de lunes a jueves de 9 a 14 horas.

Además, pueden presentarse en cualquiera de los lugares que se establecen en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del proceso administrativo común de las administraciones públicas.

En los casos en que las personas candidatas hayan presentado la solicitud en un lugar diferente del registro del CBE, es necesario remitir por email una copia escaneada de la solicitud firmada y con el sello de registro correspondiente y acompañada de la copia de la documentación acreditativa al correo electrónico documentacio@cbe.es dentro del mismo plazo de presentación de candidaturas. La solicitud original con toda la documentación tiene que llegar al registro del CBE en el plazo máximo de 48horas desde la fecha límite de presentación, en caso contrario, el CBE no aceptará la solicitud.

No se van a valorar ni tener en cuenta los méritos o los requisitos alegados que no se posean al acabar el plazo de presentación de solicitudes, ni los que no se han acreditado documentalmente de forma adecuada y clara. No se admitirá ninguna documentación referida a los méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Sin perjuicio de lo anterior, los defectos formales de la documentación presentada se pueden subsanar en los mismos términos que prevé el artículo 68 de la Ley 39/2015.

7. Méritos: criterios de valoración

Las candidaturas se valorarán siempre que se cumplan y se acrediten todos los requisitos de los candidatos y se valorarán los méritos de acuerdo con la puntuación siguiente:

* Segunda licenciatura o estudio de grado                                                             2,0

* Doctorado en estudios europeos o relaciones internacionales                             2,5

* Máster en estudios europeos o relaciones internacionales

  (mínimo 60 créditos ETCS)                                                                                  2,0

* Postgrado en estudios europeos o relaciones internacionales                              1,5

* Acreditación de un grado de discapacidad del 33 % como mínimo                    1,0

* Acreditación de la residencia en las Illes Balears, como mínimo,

  los últimos tres años consecutivos                                                                       1,0

* Catalán nivel C2 (MCERL)                                                                                1,5

* Catalán nivel LA                                                                                                 0,5

* Inglés C1 (MCERL) o superior                                                                          2,0

* Francés C1 (MCERL) o superior                                                                       1,5

* Alemán C1 (MCERL) o superior                                                                        1,5

* Otros idiomas B2 (MCERL) o superior                                                               1

* Otros idiomas B1 (MCERL) o superior                                                               0,5

8. Proceso de selección de los candidatos

Las diez personas candidatas con la mejor puntuación pasarán como preseleccionadas para hacer una entrevista personal con la Comisión Evaluadora.

La Comisión Evaluadora estará compuesta por una persona en representación del Servei d’Ocupació de les Illles Balears (SOIB) de acuerdo con lo que prevé el Convenio firmado con el SOIB de 24 de mayo de 2017, por subdirector de la oficina de Bruselas y por tres persones nombradas per la Junta Rectora en comisión. La persona técnica del CBE en Bruselas intervendrá como secretaria, con voz pero sin voto. En todo caso, también podrá ejercer como secretaria la directora gerente del CBE.

La entrevista personal consistirá en la realización de preguntas relativas a la realidad institucional, social y cultural de las Islas Baleares y de la Unión Europea. Si la persona candidata se encuentra fuera de Mallorca o no pueda asistir presencialmente, la entrevista se puede hacer por videoconferencia.

La entrevista personal de las diez personas candidatas preseleccionadas se puntuara como máximo con 4 puntos, los cuales se tienen que añadir a los obtenidos por los criterios de valoración de méritos.

Resolución de empates. En caso de empate en la suma de todos los méritos y la entrevista de las persones aspirantes a la beca, éste se tendrá que resolver de acuerdo con la mayor puntuación otorgada a la entrevista personal. Si persiste el empate, se tendrá que tener en cuenta la formación de ámbito europeo. Si no se ha resuelto, el empate se tendrá que dirimir por el cómputo de los puntos de los idiomas. En último lugar, si continúa el empate, el tribunal tendrá que resolver por sorteo.

La lista de personas candidatas preseleccionadas se publicará en la web <www.cbe.es> y las quince preseleccionadas serán notificadas por correo electrónico. Las entrevistas personales se realizarán, en principio, el 7 de septiembre de 2018; fecha y hora se confirmarán en la página web del CBE y que también serán notificadas personalmente por correo electrónico o por teléfono.

La Comisión Evaluadora seleccionará a cuatro personas candidatas y seis de suplentes, por orden de clasificación.

Las dos primeras personas seleccionadas, por orden de mejor puntuación, podrán elegir la fecha de comienzo de la beca en el mes de octubre o noviembre de 2018.

Se utilizará la página web del Centre Balears Europa (< www.cbe.es >) para difundir la información general después de la publicación de la convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Las notificaciones personales, en general, se harán mediante correo electrónico para que quede constancia.

9. Duración de las becas

- Dos becas del 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.

- Dos becas del 1 de noviembre de 2018 hasta el 31 de octubre de 2019.

10. Condiciones

La duración del programa de formación en prácticas es de 12 meses a partir de la incorporación.

El período no lectivo será de 22 días laborables, con la autorización previa de la subdirección. Los días festivos tienen que ser los estipulados en la Decisión de la Comisión Europea sobre los días festivos para los años 2018 y 2019 en las instituciones de la Unión Europea.

La persona becaria también tendrá derecho a 6 días de libre disposición durante los 12 meses de la beca, previa autorización de la subdirección.

El hecho de acceder a la beca no implica relación laboral con la entidad y tampoco implica ningún compromiso profesional una vez acabada la beca.

El bajo rendimiento en el aprendizaje del programa de formación en prácticas es motivo para que la directora gerente del CBE, a propuesta de la subdirección, considere la posibilidad de retirar la beca.

En caso de renuncia antes del final de la beca, la persona beneficiaria de la beca lo tiene que comunicar al CBE con 15 días hábiles de antelación. Los días de preaviso no practicados se tienen que detraer de su subvención mensual o de cualquier otro derecho que le pueda corresponder. En este supuesto, el CBE tiene que pagar el billete de vuelta solamente en el caso de que se haya disfrutado, como mínimo, los seis primeros meses de la duración de la beca.

Las personas suplentes pueden sustituir, por orden correlativo, cualquier vacante de los becarios que se produzca en la oficina de Bruselas. En este caso, se han de integrar en las mismas condiciones que indica la convocatoria, hasta la finalización de su período de formación inicialmente previsto.

La persona becada tiene que respetar el hecho de estar integrada en una entidad pública y en ningún momento puede poner en peligro el buen nombre del CBE.

La persona becada tiene que firmar un documento de aceptación de la condiciones de la beca y, de esta manera, quedará formalizada su condición de persona becada en la oficina de Bruselas del CBE.

La jornada de formación práctica en el CBE es de 35 horas semanales, de lunes a viernes, con horario obligatorio de 9.30h a 14.00h y horario variable de 8.30h a 9.30h y de 14.00h a 17.30h. El horario variable se efectuará según las necesidades de trabajo de la oficina.

Las personas becarias pueden ampliar su formación con cursos complementarios dentro del período de la beca. Para la obtención de la dotación prevista en este sentido, la directora gerente del CBE tiene que autorizarlos de acuerdo con los objetivos de ésta subvención. El horario de formación complementaria tiene que ser compatible con el desarrollo normal de la jornada diaria acordada en el CBE.

Durante la beca se tiene que acreditar el aprovechamiento de la formación complementaria mediante documentos de control de evaluación.

11. Finalización de la beca

Una vez finalizada la beca, la subdirección en Bruselas o la persona técnica si no hay un alto cargo en ese momento, tendrá que emitir un informe relativo al grado de aprovechamiento de la beca, sobre el desarrollo de los trabajos realizados y de los resultados obtenidos.

El original de este informe se tiene que enviar a los servicios jurídicos junto a la liquidación de la beca de la jefa de Administración del CBE para comunicarlo a la Base Nacional de Subvenciones.

Se prevé, excepcionalmente, la posibilidad de prórroga de la beca por un plazo máximo de un año, con los mismas condiciones de la beca original, sujeta a los siguientes criterios:

- La prórroga está vinculada a las necesidades y disponibilidad del CBE y, en ningún caso, se considerará que se tiene derecho a la misma.

- La concesión de prórroga dependerá de la evaluación del grado de aprovechamiento de la beca, determinada por la gerencia del CBE a propuesta de la subdirección.

- La persona becaria tendrá que presentar una memoria relativa a las actividades desarrolladas en el marco de la beca, así como la acreditación de la formación complementaria, en su caso.

 

ANEXO II

Documentos adjuntos