Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 8207
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 24 de julio de 2018 por la cual se revoca la autorización del centro de educación infantil Eureka, de Sant Agustí (Palma)
Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 20 de mayo de 2013 se autorizó el cambio de titularidad y el cambio de denominación específica del centro privado CEI Solo y Luna, de Palma (BOIB núm. 82, de 8 de junio de 2013).
2. El 7 de julio de 2018 tuvo entrada en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades un escrito presentado por Ana María Dora Parera y José María Zabay Becerril, como titulares del Centro de Educación infantil Eureka, con el código de centro 07013191, situado en la calle de Mónaco, nº 26, Sant Agustí, 07015, Palma, en que ponía en conocimiento de la Consejería que el centro mencionado cesó su actividad el día 30 de junio de 2018 y, por lo tanto, no estará disponible para el curso 2018-2019.
3. El 22 de julio de 2018, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la revocación de la autorización del centro de educación infantil Eureka, de Sant Agustí, Palma.
Fundamentos de derecho
1. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitario, modificado por el Real Decreto 131/2010 de 12 de febrero.
2. La disposición transitoria cuarta, en lo referente a la normativa de materias transferidas, de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (BOIB núm. 32 ext., de 1 de marzo de 2007, con corrección de errores en el BOIB núm. 29, de 28 de febrero de 2008).
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.236, de 2 de octubre).
Por todo eso, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 23 de julio de 2018, dicto la siguiente
Resolución
1. Revocar la autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Eureka, de Sant Agustí (Palma), con el código de centro 07013191, y ordenar a los titulares del centro que retiren la placa que indica que el centro está autorizado por la Consejería de Educación y Universidad.
2. Notificar esta Resolución a los titulares del centro, de conformidad con lo que establecen los puntos 1 y 2 del artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Comunicar esta Resolución al Departamento de Inspección Educativa y al Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI) de esta Consejería, para que tomen conocimiento.
4. Ordenar la inscripción de esta Resolución al Registro de Centros Docentes.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 24 de julio de 2018
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà