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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 8206
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 23 de julio de 2018 por la cual se autoriza el cambio de titularidad del centro privado concertado de educación especial Pinyol Vermell, de Marratxí

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Texto

Hechos

1. La Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 30 de marzo de 2006 (BOIB nº 52, de 8 de abril) autorizó la transformación de una unidad de educación básica en una unidad de educación infantil especial. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07006779

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Pinyol Vermell

Titular: Asociación Parálisis Cerebral de Baleares (ASPACE)

Domicilio: ctra. Vella de Bunyola, km. 8,100

Localidad: Es Pont d’Inca

Municipio: Marratxí

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil especial: 2 unidades

Educación básica obligatoria: 9 unidades

Transición a la vida adulta: 2 unidades

2. El 2 de julio de 2018 tuvo entrada en el Registro General de la Consejería de Educación y Universidad (NRE L13E42423/2018) la solicitud presentada por el Sr. José Antonio Rodado García, como presidente de la Fundación Aspace Baleares, que solicitó el cambio de titularidad del centro privado concertado de educación especial Pinyol Vermell, de Marratxí, que hasta ahora era Asociación Parálisis Cerebral de Baleares (ASPACE) y pasa a ser Fundación ASPACE Baleares.

3. El día 19 de julio, el Jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable referente al cambio de titularidad del centro privado concertado de educación especial Pinyol Vermell, de Marratxí, con el código 07006779.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE nº 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº 62, de 12 de marzo), por el cual se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE nº 86, de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

5. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº 32, de 12 de marzo).

6. El Decreto 39/2011 de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 78, de 28 mayo).

7. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE nº 51, de 1 de marzo), y reformado para la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

8. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB nº 135, de 4 de noviembre).

Por todo eso, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 20 de julio de 2018, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el cambio de titularidad del centro privado concertado Pinyol Vermell, con el código 07006779, que hasta ahora era Asociación Parálisis Cerebral de Baleares (ASPACE) y que pasa a ser Fundación Aspace Baleares, con el nº de CIF G07053226 y domicilio en ctra. Vella de Bunyola, km 8,1, 07141, de Marratxí.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07006779

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Pinyol Vermell

Titular: Fundación Aspace Baleares

Domicilio: ctra. Vella de Bunyola, km 8,100

Localidad: Es Pont d’Inca

Municipio: Marratxí

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil especial: 2 unidades

Educación básica obligatoria: 9 unidades

Transición a la vida adulta: 2 unidades

3. Inscribir esta modificación en el Registro de Centros Docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con efectos desde el día 1 de julio de 2018.

4. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente  de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 23 de julio de 2018

El Consejero

Martí X. March Cerdà