Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 8205
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 18 de julio de 2018 por la cual se autoriza el cambio de titularidad del centro privado concertado Aula Balear, de Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. La Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 31 de mayo de 2018 modificó la configuración del centro privado concertado Aula Balear con la autorización de una unidad del CFGM de Sistemas microinformáticos y redes (IFC21) y la supresión de una unidad del CFGM de Instalaciones de telecomunicaciones (ELE 22). Como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07006767

Denominación genérica: centro de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato

Denominación específica: Aula Balear

Titular: COBADEC, sociedad cooperativa limitada

Domicilio: c. de Can Valero, nº 19

Localidad: sa Vileta

Municipio: Palma

CP: 07011

Enseñanzas autorizadas:

- Educación infantil: 6 unidades y 150 plazas escolares

- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares

- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares

- Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares

- Bachillerato: 4 unidades y 140 plazas escolares (modalidades: ciencias y humanidades y ciencias sociales)

- Ciclos formativos de grado medio:

. Gestión administrativa (ADG21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares

. Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares

Adscripción administrativa: Los bachilleratos de ciencias y humanidades y ciencias sociales y los ciclos formativos de grado medio quedan adscritos al IES Arxiduc Lluís Salvador, de Palma (código: 07007930).

En esta resolución no se tuvo en cuenta el cambio de titularidad que se había realizado en fecha 24 de octubre de 2014: hasta esta fecha era COBADEC, sociedad cooperativa limitada, y pasó a llamarse Aula Balear SCOOP, registrada con la clave y nº 07BA48.

2. La Resolución de la directora general de Comercio y Empresa de día 24 de octubre de 2014 cualifica favorablemente e inscribe en el Registro de cooperativas la modificación de los estatutos sociales de la entidad Aula Balear SCOOP, con el CIF núm. F07083595, y registrada con la clave y el nº 07BA48.

3. En fecha 18 de junio de 2018, la gerencia del centro comunica a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros el cambio de la titularidad y presentó, adjunta, la Resolución de la directora general de Comercio y Empresa de día 24 de octubre de 2014 por la cual se cualifica favorablemente y se inscribe en el Registro de cooperativas la modificación de los estatutos sociales de la entidad Aula Balear SCOOP, con el CIF núm. F07083595, y registrada con clave y nº 07BA48, así como copia de la tarjeta fiscal con la modificación de la titularidad del centro.

4. El 16 de julio, el Jefe de Departamento de Planificación i Centros emitió un informe favorable referente al cambio de titularidad del centro privado concertado Aula Balear, de Palma, con código 07006767.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE nº 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo),

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº 62, de 12 de marzo), por el cual se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE nº 86, de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

5. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº 32, de 12 de marzo).

6. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB núm. 135, de 4 de noviembre).

Por todo eso, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 17 de julio de 2018, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el cambio de titularidad del centro privado concertado Aula Balear, con el código 07006767, que hasta ahora era COBADEC, sociedad cooperativa limitada, y que pasa a ser Aula Balear SCOOP, con el nº de CIF F07083595.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07006767

Denominación genérica: centro de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato

Denominación específica: Aula Balear

Titular: Aula Balear SCOOP

Domicilio: c. de Can Valero, nº 19

Localidad: sa Vileta

Municipio: Palma

CP: 07011

Enseñanzas autorizadas:

- Educación infantil: 6 unidades y 150 plazas escolares

- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares

- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares

- Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares

- Bachillerato: 4 unidades y 140 plazas escolares (modalidades: ciencias y humanidades y ciencias sociales)

- Ciclos formativos de grado medio:

. Gestión administrativa (ADG21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares

. Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares

Adscripción administrativa: Los bachilleratos de ciencias y humanidades y ciencias sociales y los ciclos formativos de grado medio quedan adscritos al IES Arxiduc Lluís Salvador, de Palma (código: 07007930).

3. Inscribir esta modificación en el Registro de centros docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, con efectos desde el día 24 de octubre de 2014.

4. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 18 de julio de 2018

El consejero

Martí X. March Cerdà