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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 8130
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alaior de dia 12 de julio de 2018 por el cual se aprueba la suspensión de licencias del sector urbano de Son Bou

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Alaior, en sesión extraordinaria de día 12 de julio de 2018, ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo:

TERCER. SUSPENSIÓN DE LICENCIAS EN EL SECTOR URBANO DE SON BOU (EXPEDIENTE NÚM. 3514/2018)

[...]

A continuación, la alcaldesa somete a votación el dictamen que consta en el expediente administrativo correspondiente, que literalmente dice:

"Vista la Propuesta de Alcaldía del expediente 3514/2018, que copiada dice:

«Visto que por Providencia de Alcaldía de fecha 21 de junio de 2018 se dispone que se prepare el expediente administrativo para la suspensión del otorgamiento de licencias urbanísticas así como la posibilidad de presentar comunicaciones previas en el suelo urbano de Son Bou ;

Considerando que en fecha 26 de junio de 2018 el arquitecto municipal emite informe donde se recogen las diferencias entre el Avance de la revisión del PGOU y el PGOU vigente en cuanto a los parámetros urbanísticos del ámbito de Son Bou, que concluye que la única parcela con diferencias sustanciales es la parcela donde se ubica el complejo hotelero de Melià-Son Bou;

Considerando que en fecha 27 de junio de 2018 la TAE de Urbanismo emite informe jurídico sobre la posibilidad legal de la suspensión de ámbitos del PGOU de Alaior así como las consecuencias de la misma, que concluye que en virtud de la potestad establecida en el artículo 51.1 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares (LUIB) no se encuentra inconveniente jurídico;

Dado que de acuerdo con el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, es preceptivo el quórum de mayoría absoluta para la adopción del acuerdo de suspensión pretendido, por lo que según se establece en el Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, se encomienda a la secretaria del Ayuntamiento la emisión del informe previo necesario;

Considerando que en fecha 27 de junio de 2018 la secretaria emite el informe correspondiente;

Por todo lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento, PROPONGO:

PRIMERO. Suspender la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas, con vigencia de un año (desde la publicación del acuerdo en el BOIB) o hasta la aprobación inicial de la revisión del planeamiento, del ámbito determinado siguiente: en la parcela 1, de 19.927 m² de superficie de suelo urbano de uso hotelero de Alaior, con referencia catastral 2172402EE9127C0001OJ.

SEGUNDO. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión de las Islas Baleares y en la dirección o punto de acceso electrónico correspondiente (art. 51.9 LUIB). Asimismo, publicar en el punto de acceso electrónico municipal los planos gráficos donde se señalan las áreas afectadas por la suspensión, de acuerdo con el criterio jurisprudencial.

La documentación objeto de este expediente se encuentra en el portal de transparencia del Ayuntamiento.

La Comisión, oída la propuesta, la somete a votación con el siguiente resultado: 4 votos a favor (grupo municipal PP) y 3 abstenciones (grupo municipal Junts per Lô). Sin embargo, el Pleno, con superior criterio, adoptará el acuerdo que crea más adecuada. "

Sometido a votación el dictamen anterior, se aprueba por unanimidad, por lo que la alcaldesa lo declara aprobado.

Alaior, 19 de julio de 2018

La Alcaldesa

Misericordia Sugrañes Barenys