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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 8022
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por los documentos que expida o extienda la administración o las autoridades municipales y de la ordenanza reguladora del Precio Público de la Escuela de Música y Danza y Conservatorio Municipal de Música.

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Texto

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por los documentos que expida o extienda la administración o las autoridades municipales y de la ordenanza reguladora del Precio Público de la Escuela de Música y Danza y Conservatorio Municipal de Música.

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 14 de mayo de 2018 acordó aprobar provisionalmente la modificación de de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por los documentos que expida o extienda la administración o las autoridades municipales y de la ordenanza reguladora del Precio Público de la Escuela de Música y Danza y Conservatorio Municipal de Música.

Dicho acuerdo fue publicado en el BOIB número 62 de día 19 de mayo de 2018, y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor el 22 de mayo de 2018.

Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan interpuesto reclamaciones, el referido acuerdo se eleva a definitivo, de conformidad con el artículo 17.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, en virtud del cual se aprueba el Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y con el articulo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de les Bases de Régimen Local.

Las modificaciones de las ordenanzas entraran en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 17.4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, en virtud del cual se aprueba el Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y con los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de les Bases de Régimen Local.

El texto íntegro del articulo donde constan las modificaciones es el siguiente:

ORDENANZA FISCAL 05T.OD

TASA POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDA O EXTIENDA LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES.

ARTICULO 4.- La tarifa a aplicar para la tramitación completa será la siguiente:

CONCEPTO

EUROS

SELLO DE:

EPÍGRAFE 1. CERTIFICADOS E INSTANCIAS:

Cada certificado expedida (excepto los necesarios para la inscripción en centros de enseñanza, que estarán exentos de esta tasa)

5,41

Cuando el certificado haga referencia a un final de obra, la tasa se multiplicará por el número de viviendas o locales que se incluyan.

5,41

Los certificados de residencia que se expidan en las dependencias municipales a efectos de la obtención de descuentos para viajess a los residentes, por cada uno

1,00

Los certificados de convivencia y de residencia

2,00

Convalidación de poderes

26,61

Certificados de antigüedad.

104,16

EPÍGRAFE 2. EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS:

Por cada informe que emitan los técnicos municipales en expedientes administrativos o en parte y de interés particular, sin perjuicio de otros derechos que procedan

21,19

Cuando el informe sea necesario para expedir un certificado de final de obra la tasa se multiplicará por el número de viviendas o locales que se incluyan

21,19

Títulos de guardas jurados de fincas particulares, se reintegrarán con sello

5,16

Confección atestado accidente de tráfico con croquis a escala y ordenador

142,51

EPÍGRAFE 3. OTROS DOCUMENTOS

En los documentos no determinados comprendidos en los epígrafes precedentes de esta tarifa , por folio

1,10

Por la expedición o renovación de targeta de armas

27,67

EPÍGRAFE 4. TRAMITES A LA ESCUELA Y CONSERVATORIO DE MÚSICA

EUROS

Pruebas de acceso al Conservatorio por enseñanzas elementales

11,00

Pruebas de acceso al Conservatorio por enseñanzas profesionales

27,00

Certificados académicos

 9,00

Expedición de títulos académicos por enseñanzas elementales

11,00

Expedición de títulos académicos por enseñanzas profesionales

45,00

 PRECIO PÚBLICO 05. P.OD

PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA Y CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MÚSICA

ARTICULO 4. BENEFICIOS

1.a Familias numerosas:

De conformidad con el articulo 12.1b) de la Ley 4/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas se establece una bonificación del 20% de la cuota a favor de las persones integrantes de familias numerosas.

1.b Ingresos unidad familiar:

Por ingresos anuales por cápita inferiores a 4.000€: 30% de reducción del precio de la cuota.

Por ingresos anuales por cápita inferiores a 3.500€: 50% de reducción del precio de la cuota.

Para la aplicación de estos beneficios se tiene que aportar la documentación siguiente:

-Impreso de solicitud de reducción de matrícula.

-Certificado de convivencia.

-Fotocopia de la declaración de la renta del último ejercicio, de todos los miembros de la unidad familiar.

-En caso de no estar obligados a hacer declaración de la renta, debe acreditarse con un certificado de la Agencia Tributaria acompañado de una declaración responsable de los ingresos anuales por cápita obtenidos.

 

Manacor, 25 de julio de 2018

La Alcaldesa

Catalina Riera Mascaró