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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 7946
Registro de Personal. Modificación de los puestos de Habilitados Estatales de la Secretaría de la Junta de Gobierno MF-558

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Texto

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 27 de junio de 2018, se aprobó lo siguiente:

“1. Aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Palma consistente en los cambios recogidos en la propuesta MF-558 que figura en el informe adjunto y se concretan en:

- Modificación de la denominación del puesto de trabajo de F10080001 Vicesecretario/a, la Subescala de adscripción y el Complemento de destino y específico que pasa de 29 y 89 a 30 y 118 respectivamente.

- Por otra parte se modifica la denominación del puesto de trabajo F10070001 Secretario/a adjunto director/a de la Junta de Gobierno, así como el tipo de jornada del mismo.

2. En cuanto al puesto de Vicesecretario/a y Director/a de la Secretaría de la Junta de gobierno, existe consignación presupuestaria suficiente en la partida 09.920.00.121.01 para el complemento específico y del vigente presupuesto de gastos y 09.920.00.121.00 para el Complemento de destino.

3. Aprobar la modificación de funciones que igualmente se adjunta al presente Acuerdo.

4. Establecer como fecha de efectos la del día siguiente de la aprobación del presente Acuerdo.

5. Publicar el contenido del Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes citado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

                             

Palma, 4 de julio de 2018

Jefa de sección del Registro de Personal

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Francisca M. Matas Escobar

    

 

PROPUESTA 558 - MODIFICACIÓN PARCIAL R.P.T. PERSONAL FUNCIONARIO

ÁREA:

SJG

SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y DECRETOS

ÓRGANO:

SJG000

SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y  DECRETOS

UNIDAD:

SJG0000000

SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y DECRETOS

PUESTOS DE TRABAJO QUE SE MODIFICAN

DONDE DICE:

CÓDIGO

PUESTO DE TRABAJO

NP

TP

CD

CE

FP

ADM

GR

TJ

TH

ESCALAS

PLAZAS – DESCRIPCIONES

REQUISITOS

CAT

OBS

F10080001

Vicesecretario

1

S

29

89

L

HE

A1

JG1

H1

HE

3012 - Subescala de Secretaría con Categoría Entrada

B2

F10070001

Secretario/a adjunto/a y Director/a de la Secretaría de la Junta de Gobierno

1

S

30

271

L

HE

A1

JEA

H1

HE

3012 - Subescala de Secretaría con categoría entrada

B2

OD

DEBE DECIR:

CÓDIGO

PUESTO DE TRABAJO

NP

TP

CD

CE

FP

ADM

GR

TJ

TH

ESCALAS

PLAZAS – DESCRIPCIONES

REQUISITOS

CAT

OBS

F10080001

Vicesecretario/a y Director/a de la Secretaría de la Junta de Gobierno

1

S

30

118

L

HE

A1

JG1

H1

HE

3011 - Subescala de Secretaría con categoría superior

B2

F10070001

Secretario/a adjunto/a

1

S

30

271

L

HE

A1

JG1

H1

HE

3012 - Subescala de Secretaría con Categoría Entrada

B2

OD

LEYENDA

NP

NÚMERO DE PUESTOS

TP

TIPO DE PUESTO

S

SINGULARIZADO

CD

COMPLEMENTO DE DESTINO

FP

FORMA DE PROVISIÓN

L

LIBRE DESIGNACIÓN

ADM

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

HE

HABILITACIÓN ESTATAL

GR

GRUPO

TJ

TIPO DE JORNADA

JG1

JORNADA GENERAL - 37,5 HORAS SEMANALES

JEA

JORNADA ESPECIAL AMPLIADA - 40 HORAS SEMANALES

TH

TIPO DE HORARIO

H1

HORARIO DE ADMINISTRACIÓN

OBS

OBSERVACIONES

OD

ÓRGANO DIRECTIVO

CE

COMPLEMENTO ESPECÍFICO

89

  34.653,22 €

118

  48.045,34 €

271

  40.289,90 €

 

MODIFICACIÓN 38 - MODIFICACIÓN DE FUNCIONES TEÓRICAS

ÁREA:

SJG

SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y DECRETOS

ÓRGANO:

SJG000

SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y DECRETOS

UNIDAD:

SJG0000000

SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y DECRETOS

CÓDIGO

 PUESTO DE TRABAJO

F10070001

SECRETARIO/A ADJUNTO/A

- Colaboración inmediata y auxilio a las plazas de Secretaría.

- Funciones reservadas que, previa autorización del Alcalde, sean encomendadas por los titulares de los puestos de Secretaría.

- Cumplir las directrices, normas, procedimientos y acciones preventivas establecidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y asumir las funciones que sean encomendadas en materia de actuación en emergencias, colaborando con el Servicio de Prevención cuando le sea requerido.

- Cualquier otra tarea que le sea encomendada por el superior jerárquico de entre los que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción del puesto de trabajo.

CÓDIGO

 PUESTO DE TRABAJO

F10080001

VICESECRETARIO/A Y DIRECTOR/A DE LA SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO

- Llevar a cabo las funciones que la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del régimen local y la legislación sectorial atribuyen al órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Regidor/a-Secretario/a de la misma.

- Cumplir las directrices, normas, procedimientos y acciones preventivas establecidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y asumir las funciones que le sean encomendadas en materia de actuación en emergencias, colaborando con el Servicio de Prevención cuando le sea requerido.

- Cualquier otra tarea que le sea encomendada por el superior jerárquico de entre las que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción del puesto de trabajo.