Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 7773
Resolución del vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, de 17 de julio de 2018, relativo a la resolución y concesión de la convocatoria de ayudas de minimis en el fondo para dar apoyo a los espacios de creación artística contemporánea y a las salas alternativas de exhibición de Mallorca 2018
BDNS (Identif.): 397917
El vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, fecha 17 de julio de 2018, ha dictado la resolución que transcribo literalmente a continuación:
«Antecedentes
1. El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio Deportes, fecha 9 de mayo de 2018 resolvió aprobar de la convocatoria de ayudas de minimis en el fondo para dar apoyo a los espacios de creación artística contemporánea y a las salas alternativas de exhibición de Mallorca 2018, (publicada en BOIB nº. 59, de 12 de mayo de 2018).
2. La comisión técnica de evaluación, reunida en sesión de día 5 de julio de 2018, para estudiar, evaluar y fijar el importe de las subvenciones de las solicitudes presentadas, emitió el informe respectivo que sirve de base para elaborar la propuesta de acuerdo definitiva,
3. En fecha 6 de julio de 2018, el órgano instructor ha emitido el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria mencionada por parte de las entidades beneficiarias propuestas y, por otra parte se ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de la concesión de las ayudas.
4. Día 16 de julio de 2018, la Intervención Delegada - Centro Cultural La Misericòrdia, ha emitido informe favorable de fiscalización previa de la propuesta de acuerdo de para la resolución y concesión de la convocatoria.
5. Consta al expediente la existencia de crédito presupuestario por importe de 100.000,00 €, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 20.33430.77900 (Línea I con 50.000,00 €), y 20.33430.47906 (Línea II con 50.000,00 €), RC con núms. de operaciones 220180001150 y 22018000085, respectivamente, del presupuesto del Consejo de Mallorca del año 2018, para dotar la convocatoria de ayudas mencionada.
De la misma manera, consta las autorizaciones de gasto (A) por unos importes de 50.000,00 € para la Línea I y 50.000,00 € para la Línea II, con núms. de operación 220180008420 y 220180008421 respectivamente.
Fundamentos de derecho
1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre de 2003), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones (BOE núm.176, de 25 de julio de 2006).
2. La propia convocatoria de ayudas, aprobada por resolución del vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio Deportes, en fecha 9 de mayo de 2018 y publicada en el BOIB nº. 59, de 12 de mayo de 2018.
3. El órgano competente para resolver la convocatoria es el vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes, de conformidad con el artículo 1.g) del Decreto de Organización del Consejo de Mallorca de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73, de 15 de junio de 2017), corrección de errores de 15 de junio de 2017 (BOIB nº. 74 de 17 de junio), modificado por decreto de 20 de junio de 2017 (BOIB nº. 77 de 24 de junio), corrección de errores (BOIB nº. 82 de 6 de julio de 2017), modificado por decreto de 24 de julio de 2017 (BOIB nº. 92 de 29 de julio) y por decreto de 16 de enero de 2018 (BOIB nº. 12 de 25 de enero de 2018, con concordancia con la base 23.5 de ejecución del presupuesto para el año 2018, y con el punto sexto de la convocatoria.
4. Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre de 2015).
5. Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.
6. Reglamento nº. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Comunidad Europea nº. L 352 de 24 de diciembre de 2013).
Vistos los antecedentes y los fundamentos de derecho expuestos, de acuerdo con el Reglamento de organización vigente del Consejo de la Mallorca, dicto la siguiente,
Resolución
1. Autorizar, en los términos que prevé la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, a las personas beneficiarias que se relacionan en el Anexo 3 – Subcontratación por vinculación, a subcontratar con vinculación las actividades subvencionadas que se exponen en la solicitud, así como la justificación presentada de encontrarse en condiciones de mercado.
2. Admitir el escrito de desistimiento de fecha 4 de julio de 2018 con nº. de registro 23605 y, en consecuencia, tener por desistidas las solicitudes del Sr. Bartomeu Simonet Riera, con NIF. 43056548L, con nº. de registro 19681 y 19679, relativas a las Líneas I y II, respectivamente.
3. Conceder, con respecto a la Línea I (Para la mejora de los espacios de creación salas alternativas de exhibición), la cantidad de 10.000,00 € a favor de las personas beneficiarias con las solicitudes admitidas que se señalan en el Anexo 1 L I – Subvenciones concedidas y disponer el gasto a favor suyo, por los importes y para los proyectos que se indican, con cargo en la partida presupuestaria 20.33430.77900.
4. Conceder, con respecto a la Línea II (Para la gestión del espacio de creación o salas alternativas de exhibición), la cantidad de 20.000,00 € a favor de las personas beneficiarias con las solicitudes admitidas que se señalan en el Anexo 1 L II – Subvenciones concedidas y disponer el gasto a favor suyo, por los importes y para los proyectos que se indican, con cargo en la partida presupuestaria 20.33430.47906.
5. Anular la autorización de gasto (A) con nº. de operación 220180008420 (Línea I), por la cantidad de 40.000,00 €, así como la autorización de gasto (A) con nº. de operación 220180008421 (Línea II), por la cantidad de 30.000,00 €, como remanentes resultantes de la diferencia entre las cantidades de las dotaciones presupuestarias destinadas a las diferentes líneas de ayudas de esta convocatoria y los importes de las subvenciones concedidas.
6. Revertir a las partidas presupuestarias 20.33430.77900 y 20.33430.47906, los importes de 40.000,00 € y 30.000,00, respectivamente, y anular las retenciones de crédito, con números de operación 220180001150 y 22018000085, por los mismos importes.
7. Comunicar esta resolución a la Intervención Delegada. Centro Cultural La Misericòrdia, del Consejo Insular de Mallorca
8. Ordenar la publicación de este acuerdo al Boletín Oficial de las Islas Baleares
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, ante este consejero ejecutivo o ante la presidencia, contados a partir del día siguiente en el de la recepción de esta notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.
No obstante, el anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.»
Palma, 17 de julio de 2018
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes,
(Resolución de delegación de competencias del vicepresidente primero
y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes de 15/03/2016; BOIB nº. 37, de 22/03/2016)
Francesc Ramis Oliver
CONVOCATORIA DE AYUDAS DE MINIMIS EN EL FONDO PARA DAR APOYO A LOS ESPACIOS DE CREACIÓN ARTÍSTICA CONTEMPORÁNEA Y A LAS SALAS ALTERNATIVAS DE EXHIBICIÓN DE MALLORCA 2018
ANEXO 1 L I - Subvenciones Concedidas
SOLICITANTE |
NIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE PEDIDO |
PUNTUACIÓN TOTAL |
IMPORTE CONCESIÓN |
ESTUDIO CERO TEATRO SCL |
F07276207 |
Proyecto de inversión para la mejora y mantenimiento del Teatro Sans |
21.700,00 € |
10.000,00 € |
38,00 |
10.000,00 € |
|
IMPORTES TOTALES |
21.700,00 € |
10.000,00 € |
|
10.000,00 € |
CONVOCATORIA DE AYUDAS DE MINIMIS EN EL FONDO PARA DAR APOYO A LOS ESPACIOS DE CREACIÓN ARTÍSTICA CONTEMPORÁNEA Y A LAS SALAS ALTERNATIVAS DE EXHIBICIÓN DE MALLORCA 2018
ANEXO 1 L II - Subvenciones Concedidas
SOLICITANTE |
NIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE PEDIDO |
PUNTUACIÓN TOTAL |
IMPORTE CONCESIÓN |
6ª OBRA GRÁFICA SL |
B57052318 |
35 Años impulsando el proceso creativo gracias a las técnicas de estampación tradicionales |
68.676,90 € |
10.000,00 € |
39,00 |
10.000,00 € |
ESTUDIO CERO TEATRO SCL |
F07276207 |
TEATRO SANS. Espacio Escénico de Creación |
23.000,00 € |
10.000,00 € |
38,00 |
10.000,00 € |
|
IMPORTES TOTALES |
91.676,90 € |
20.000,00 € |
|
20.000,00 € |
ANEXO 3 - SUBCONTRATACIÓN POR VINCULACIÓN
ENTIDAD |
NIF |
LÍNEA |
SOLICITA AUTORIZACIÓN |
PRESENTA PRESUPUESTOS, CONVENIO, ETC. |
ESTUDIO CERO TEATRO SCL |
F07276207 |
Línea I |
SÍ |
SÍ |
ESTUDIO CERO TEATRO SCL |
F07276207 |
Línea II |
SÍ |
SÍ |