Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 7780
Orden conjunta del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria y del Consejero de Educación y Universidad de 2 de julio de 2018, por la que se dispone la puesta en funcionamiento del Centro Integrado de Formación Profesional Centro de la Mar, en Mahón
Mediante el Decreto 12/2018, de 27 de abril (BOIB núm. 52, de 28 de abril), se creó el Centro Integrado de Formación Profesional Centro de la Mar, en Mahón, con el código 07015720.
La titularidad de este centro es del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares.
El nuevo centro educativo iniciará la actividad, el curso 2018-2019, en las instalaciones de la calle Ruiz y Pablo, 13 en Mahón, de una forma progresiva, con las enseñanzas del Título profesional básico de Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo [TMV12] y con los certificados de profesionalidad del área Náutica de la familia profesional de Transporte y Mantenimiento de Vehículos y de la familia profesional Marítimo Pesquera.
Dada la singularidad del centro, el director del centro y el equipo directivo se deben nombrar, con carácter extraordinario, por un período de dos años, tal y como se regula en la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010 por la que se aprueban las bases para la selección, el nombramiento y cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Islas Baleares (BOIB núm. 30, de 23 de febrero).
Por todo ello, y de acuerdo con la disposición final primera del Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria, en relación con el artículo 2 de este reglamento, se dicta la siguiente
ORDEN
Articulo 1
El Centro Integrado de Formación Profesional Centro de la Mar de Mahón, creado por el Decreto 12/2018, de 27 de abril, comenzará a desarrollar su actividad docente el curso 2018-2019.
Articulo 2
Se autoriza el centro para que imparta ciclos formativos vinculados a las familias profesionales de Transporte y Mantenimiento de vehículos (área náutica), y Marítimo Pesquera, tanto de los títulos correspondientes a los ciclos formativos como certificados de profesionalidad.
Además, podrá impartir otras ofertas formativas, de estas familias que den respuesta a demandas del entorno productivo y de las personas, aunque no conduzcan a la obtención de un título o de un certificado de profesionalidad.
Articulo 3
Se autorizan los procedimientos adecuados para adquirir la validación académica correspondiente a la experiencia profesional
Articulo 4
La configuración del centro es la siguiente:
Código del centre: 07015720
Denominación genérica: Centre integrado de Formación Professional
Denominación especifica: CIFP Centre de la Mar
Titularidad: Servicio de Ocupación de les Illes Balears (SOIB)
Domicilio: C/ de Ruiz i Pablo, 13
CP: 07702
Localidad: Mahón
Municipio: Mahón
Enseñanzas autorizadas
Formación Profesional Básica
Título profesional básico en Mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo [TMV12]
Ciclos formativos de Grado Medio
Técnico en Mantenimiento y control de la maquinaria de barcos i embarcaciones [MAP22]
Ciclos formativos de Grado Superior
Técnico superior en Organización del mantenimiento de maquinaria de barcos y embarcaciones [MAP33]
Para la implantación efectiva de los cicles MAP22 i MAP33 están supeditados al cumplimiento de los requisitos de les instalaciones.
Certificados de profesionalidad del área náutica de la familia profesional de Transporte y Mantenimiento de Vehículos
TMVU0110 |
OPERACIONES AUXILIARES DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS Y EQUIPOS DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0111 |
PINTURA, REPARACIÓN y CONSTRUCCIÓN DE ELEMENTOS DE PLÁSTICOS REFORZADO CON FIBRA DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0112 |
MANTENIMIENTO DE LA PLANTA PROPULSORA, MÁQUINAS Y EQUIPOS AUXILIARES DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0210 |
OPERACIONES AUXILIARES DE MANTENIMIENTO DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y DE RECUBRIMIENTO DE SUPERFICIES DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0211 |
OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE ELEMENTOS DE MADERA DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0212 |
MANTENIMIENTO E INSTALACION DE SISTEMAS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0311 |
MANTENIMIENTO DE APARATOS DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0312 |
ORGANIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS Y EQUIPOS DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0412 |
ORGANIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO DEL APARATO DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO |
TMVU0512 |
ORGANIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y DE RECUBRIMIENTO DE SUPERFICIES DE EMBARCACIONES DEPORTIVES Y DE RECREO |
Y todos aquellos certificados de profesionalidad de la familia profesional Marítimo Pesquera que se consideren adecuados, siempre y cuando las instalaciones reúnan los requisitos mínimos para poder impartir y las especialidades formativas no conducentes a certificados de profesionalidad de estas familias profesionales.
Articulo 5
El Consejo Social y el claustro de profesores son los órganos de participación del centro integrado y se rigen por lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 96/2010, de 30 de julio, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Articulo 6
El centro dispondrá de un Departamento de Información y Orientación Profesional en el que pueden ejercer sus funciones las personas profesionales que dependan de la administración educativa o de la administración laboral.
En casos excepcionales, previo informe favorable del Consejo Social, se puede contratar algún experto o experta como personal eventual, en las condiciones y con el régimen que determine la normativa aplicable.
Articulo 7
Se incluirá el Centro Integrado de Formación Profesional Centro de la Mar en la red de centros integrados de titularidad pública a los efectos de lo previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos desde centro integrados de formación profesional.
Articulo 8
Se autoriza al Consejero de Trabajo, Comercio e Industria y el Consejero de Educación y Universidad para que dicten las resoluciones necesarias y para que adopten las medidas adecuadas que exija la puesta en funcionamiento del nuevo centro.
Cada una de las consejerías debe aportar el presupuesto correspondiente para desarrollar las actividades formativas correspondientes, así como las cantidades económicas y de recursos humanos necesarios para garantizar su desarrollo.
Disposición transitoria única
De forma transitoria, y mientras se tramita la modificación del Decreto 96/2010, de 30 de julio, por el que se regulan los requisitos de los centros integrados de formación profesional por parte de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria y con el fin de garantizar la apertura y el funcionamiento de este nuevo centro, las funciones de director y secretario del centro serán ejercidas por el director y el secretario del IES Pascual Calbó y se nombrará un Jefe de Estudios propuesto por el director que quedará adscrito al IES Pascual Calbó con efectos desde el día 1 de julio de 2018, o de día 1 de septiembre de 2018 si es funcionario interino.
Disposición final única
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Palma 2 de julio de 2018
El Consejero de Trabajo, Comercio e Industria El Consejero de Educación y Universidad
Iago Negueruela i Vázquez Martí Xavier March i Cerdà