Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 7753
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifican los créditos y porcentajes de cofinanciamientos de diferentes convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Programa de Desarrollo Rural (PDR) de las Islas Baleares para el período 2014-2020 prevé una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario, según el Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que complementa las disposiciones comunes para los fondos estructurales y de inversión europea, establecidas en la segunda parte del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Concretamente, entre otras medidas, en el PDR se contemplan la submedida 8.5, correspondiente al apoyo a las actuaciones orientadas a potenciar los servicios ambientales que proveen los sistemas forestales; la submedida 6.2, correspondiente al apoyo a la creación de empresas para actividades no agrarias en las zonas rurales; y la submedida 6.4, correspondiente al apoyo para fomentar la modernización y adaptación a los requerimientos del mercado de las actividades complementarias a la actividad agraria, desarrolladas en el medio rural, que ya estén funcionando

En relación con estas submedidas, se han publicado las siguientes resoluciones de convocatoria de ayudas:

- Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2016, subvenciones para determinadas actuaciones de las que se prevén en la submedida 8.5, de 20 de diciembre de 2016, publicada en el BOIB núm. 160, de 22 de diciembre de 2016.

- Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2017, subvenciones para la creación de empresas para actividades no agrarias en las zonas rurales, de 6 de julio de 2017, publicada en el BOIB núm. 86, de 15 de julio de 2017.

- Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2017, ayudas de minimis para inversiones en actividades no agrícolas, de 12 de julio de 2017, publicada en el BOIB núm. 86, de 15 de julio de 2017.

De acuerdo con la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea, C (2017) 9024, de 20 de diciembre de 2017, por la que se aprueba la modificación del programa de desarrollo rural de las Islas Baleares (España) a los efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se modifica la Decisión de Ejecución C (2015) 8146 CCI, 2014ES06RDRP004, se han modificado los cofinanciamientos de determinadas medidas del Programa en el sentido de aumentar hasta el máximo reglamentario el cofinanciamiento del fondo FEADER.

Por ello resulta necesario modificar los créditos y porcentajes de cofinanciamiento previstos en las mencionadas resoluciones para adaptarlas al nuevo cuadro de financiación del PDR.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Modificar el crédito y el porcentaje de cofinanciamiento previstos en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 20 de diciembre de 2016, por la que se convocan, para el año 2016, subvenciones para determinadas actuaciones previstas en la submedida 8.5, publicada el 22 de diciembre de 2016 en el BOIB núm. 160, y queda destinado un crédito final para esta línea de ayudas de siete cientos veintiséis mil dos cientos veinte euros (726.220,00 €).

El crédito total previsto en la convocatoria mencionada será financiado de la siguiente forma:

- hasta la cantidad de 178.990,00 €: un 41,00% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), un 10,91% por la Administración General del Estado (AGE) y un 48,09% por la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB), que será aportado por el beneficiario.

- hasta la cantidad de 423.328,49 €: un 53,00% por el FEADER, un 14,10% por la AGE y un 32,90% correspondiente a la CAIB, aportado por el beneficiario.

- hasta la cantidad de 123.901,51 €: correspondiente a la financiación nacional adicional, un 100% a cargo de la CAIB, aportado por el beneficiario.

Segundo

Modificar la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 20 de diciembre de 2016, por la que se convocan, para el año 2016, subvenciones para determinadas actuaciones de las que se prevén en la submedida 8.5, publicada el 22 de diciembre de 2016 en el BOIB núm. 160, en el siguiente sentido:

El apartado segundo queda redactado de la siguiente forma:

«Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. A esta convocatoria se destina un importe máximo de setecientos veintiséis mil doscientos veinte euros (726.220,00 €), con la posibilidad de ampliar los créditos que se han asignado a cargo de los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA).

2. Las actuaciones mencionadas serán financiadas del siguiente modo:

- hasta la cantidad de 178.990,00 €: un 41,00% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), un 10,91% por la Administración General del Estado (AGE) y un 48,09% por la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB), que será aportado por el beneficiario.

- hasta la cantidad de 423.328,49 €: un 53,00% por el FEADER, un 14,10% por la AGE y un 32,90% correspondiente a la CAIB, aportado por el beneficiario.

- hasta la cantidad de 123.901,51 €, correspondiente a la financiación nacional adicional: un 100% a cargo de la CAIB, aportado por el beneficiario».

El punto 1b) del apartado tercero queda redactado del siguiente modo:

«b) Contar con financiación proveniente de fondos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, en los porcentajes de financiación mínimos correspondientes a la CAIB, previstos en el apartado segundo, punto 2, de esta Resolución, para realizar las actuaciones objeto de ayuda. Este requisito podrá acreditarse antes de que se dicte la propuesta de resolución».

El apartado quinto queda redactado de del siguiente modo:

«Intensidad y límite de las subvenciones

La ayuda será del 100% de los costes subvencionables.

De este importe, FOGAIBA pagará la parte cofinanciada por el Estado y por la Unión Europea, conforme a los porcentajes de financiación que se prevén en el apartado segundo, punto 2, de esta Resolución. La cantidad restante la aportará la entidad beneficiaria a través de sus presupuestos».

Tercero

Modificar los porcentajes de cofinanciamiento previstos en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 6 de julio de 2017, por la que se convocan, para el año 2017, subvenciones para la creación de empresas para actividades no agrarias en las zonas rurales, publicada en el BOIB núm. 86, de 15 de julio de 2017.

El crédito total previsto en la convocatoria mencionada, cuyo importe es de cuatro cientos cincuenta tres mil doscientos treinta y seis euros con sesenta y un céntimos (453.236,61 €), será financiado en un 53,00% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 14,1% por la Administración General del Estado (AGE) y en un 32,9% por la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB).

Cuarto

Modificar los porcentajes de cofinanciamiento previstos en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 12 de julio de 2017, por la que se convocan, para el año 2017, ayudas de minimis para inversiones en actividades no agrícolas, publicada en el BOIB núm. 86, de 15 de julio de 2017.

El crédito total previsto en la convocatoria mencionada, cuyo importe es de cuatro cientos cincuenta tres mil doscientos treinta y cinco euros con sesenta y un céntimos (453.235,61 €), será financiado en un 53,00% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 14,1%, por la Administración General del Estado (AGE) y en un 32,9% por la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB).

Quinto

Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse, junto con la corrección de los extractos correspondientes, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 19 de julio de 2018

El presidente del FOGAIBA,

Vicenç Vidal Matas