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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 7713
Departamento de planeamiento y gestión urbanística. GCI 02/09. Aprobación definitiva modificación del Proyecto de Estatutos y Bases de actuación correspondiente al SUP 3 del PRI de la Playa de Palma (SUP 79-01, Ses Fontanelles, del vigente Plan General de Ordenación Urbana)

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Texto

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La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 13 de junio de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

La Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la mejora y la embellecimiento de la Playa de Palma aprobó inicialmente en sesión celebrada el 3/11/2017 la modificación del Proyecto de Estatutos y Bases de actuación correspondientes al SUP 3 del PRI de la Playa de Palma (SUP 79-01, Ses Fontanelles, del vigente Plan General de Ordenación Urbana), que fue presentado por Javier Solís García, en representación de la entidad UNIBAIL RODAMCO PALMA SLU, en calidad de presidente de la Junta de Compensación.

El acuerdo fue publicado en el BOIB núm. 157, de 23/12/2017, sin que en el trámite de información pública consten alegaciones según certifica el Gerente del Consorcio.

Dado que la Junta Rectora del Consorcio Urbanístico de la Playa de Palma ha acordado la disolución del Consorcio (acuerdo de 5/03/2018), acuerdo ratificado por el Pleno del Ayuntamiento (22/03/2018), el Ayuntamiento ha recuperado las competencias urbanísticas de los expedientes en curso.

Los puntos que se alteran sueño los siguientes:

Article 19.3: Los miembros de la Junta de delegados, incluido el presidente de la misma, podrán ser designados de entre los asociados a la Junta de Compensación, o bien ser personas físicas y jurídicas (en este último caso, designando a una persona física como representante) ajenas a la misma, representando uno a los socios minoritarios.

Article 21.1: Será designado Secretario de la Asamblea y de la Junta de Delegados el miembro de la misma que nombre a la Asamblea General en la sesión constitutiva o en las sucesivas renovaciones. Podrá ser designado a tal efecto la persona que, a su vez, haya sido designado como Presidente de  la misma.

También podrán ser designadas como Secretario las personas físicas y jurídicas (en este último caso, designando a un apersona física como representante) ajenas a la Junta, siempre que las mismas dispongan, a criterio de la Asamblea, de la capacitación técnica y/o profesional suficiente y acreditada para ejercer las funciones correspondientes a dichio órgano.

Article 22.1: Será designado Tesorero de la Junta de Compensación el miembro de la misma que nombre a la Asamblea General en la sesión constitutiva o en las sucesivas renovaciones. Podrá ser designado a tal efecto la persona que, a su vez, haya sido designado como Presidente de  la misma.

También podrán ser designadas como Tesorero las personas físicas y jurídicas (en este último caso, designando a un apersona física como representante) ajenas a la Junta, siempre que las mismas dispongan, a criterio de la Asamblea, de la capacitación técnica y/o profesional suficiente y acreditada para ejercer las funciones correspondientes a dicho órgano.

Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el arte. 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014, LOUS, (Acuerdo del Pleno del CIM de 16/04/2015), los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que subscribe propone a la Junta de Gobierno de Palma que adopten el siguiente

ACUERDO

1.º- Aprobar definitivamente la modificación del Proyecto de Estatutos y Bases de actuación correspondiente al SUP 3 del PRI de la Playa de Palma (SUP 79-01, Ses Fontanelles, del vigente Plan General de Ordenación Urbana), que fue presentado por Javier Solís García, en representación de la entidad UNIBAIL RODAMCO PALMA SLU, en calidad de presidente de la Junta de Compensación.

2.- Publicar el presente acuerdo junto con el texto íntegro de los estatutos y bases modificados, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, según el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertarà su contenido íntegro.

3.- Notificar el presente acuerdo a los propietarios afectados.

4.- Dar traslado de este acuerdo a la Sección de tramitación de proyectos de urbanización para su conocimiento.

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears; el 213.5 b) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo por la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Area de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edificio Municipal de las Avenidas) y/o en la sede electrónica en la dirección

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-200200090000/GCI-20020009_Acord_Est_Bas_DEF.pdf

para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de UN MES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El RECURSO DE REPOSICIÓN potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las cuales hace mención el arte. 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de UN MES, a contar a partir del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contenciosa administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente RECURSO CONTENCIOS ADMINISTRATIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo antes mencionado y en los arts. 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, de conformidad con el art. 8 de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que reforma la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Todo esto, sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que estimen pertinente.

Lo que se publica para que tomen conocimiento, conforme con los artículos 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears, y el 213.4 del Reglamento general de la Ley 2/2014.

Pueden presentar sus escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:

  • OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos
  • OAC Sant Ferran: Av. St Ferran (Edif. Policia Local)
  • OAC l´Escorxador: C/ Emperadriu Eugènia, 6
  • OAC l´Arenal: Av. Amèrica, 11 (s'Arenal)
  • OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)
  • OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)
  • OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)
  • OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos

  

Palma, 16 de juliol de 2018

Jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística,

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10434, de 8 de junio de 2012

publicado en el BOIB 85 de 14/06/2012

Jaume Horrach Font