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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 7701
Registro de Personal. Modificación de los puestos de trabajo de la unidad Grupo de Actuación Preventiva (GAP). MF-458

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Texto

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 30 de mayo de 2018, se aprobó lo siguiente:

“1º. Aprobar y añadir la propuesta 458 de modificación parcial de la RPT en cuanto al aumento del complemento específico de los puestos de trabajo de la unidad Grupo de Actuación Preventiva (GAP) con derecho a la percepción del plus de localización y flexibilización horaria, al contenido del Acuerdo JGL_20170719_01_U38 de fecha 19.07.2017.

2º. No supone ningún aumento presupuestario comprobado el hecho de que ya se está abonando efectivamente esta diferencia en el complemento específico desde el 1.01.2017.

3º. Publicar el contenido del Acuerdo y el anexo adjunto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4º. Comunicar este Acuerdo al Servicio de Prestaciones y Nóminas y a Registro de Personal.”

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 19 de julio de 2017, se aprobó lo siguiente:

“1. Que, a pesar de los intentos de negociación habidos, dada la inexistencia de acuerdo en la Mesa General Conjunta de Negociación, de acuerdo con TREBEP’2015.38.7 [B], se establecen la “modificación de las condiciones laborales y económicas del Grupo de Actuación Preventiva (GAP)” que se indican en el anexo.

2. Que el cálculo estimado de dicha modificación, según los datos entregados por el Servicio de Nóminas y Prestaciones, sube, para el año 2017 a 131.531,63 €.

3. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Comunicar este Acuerdo al jefe de la Policía a efectos de realizar la ejecución operativa.

5. Comunicar este Acuerdo a la jefa del Servicio de Prestaciones y Nóminas para que hagan las actuaciones adecuadas para posibilitar el pago de las retribuciones que legalmente le correspondan en tiempo y forma.

6. Comunicar este Acuerdo al Registro de Personal para que hagan las preceptivas inscripciones y anotaciones registrales.

7. Comunicar este Acuerdo al Interventor General a efectos de llevar a cabo la correspondiente fiscalización.

8. Notificar este Acuerdo a los Sindicatos de la Mesa General Conjunta del Ayuntamiento de Palma.

ANEXO

"MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES LABORALES Y ECONÓMICAS DEL GRUPO DE ACTUACIÓN PREVENTIVA (GAP)"

Art.1. Motivación

La necesidad de atender los diferentes niveles de demanda de servicios en nuestra ciudad, conlleva disponer de una unidad con un nivel de adaptación superior a las que disponemos actualmente, el incremento del trabajo en la temporada de verano con un aumento considerable de servicios en las zonas de ámbito turístico, en la franja horaria de última hora de la tarde y la noche, hace necesario disponer cada año de más recursos para poder hacer frente.

Habiendo valorado las diferentes actuaciones efectuadas en años anteriores, la organización del servicio y en espera de la implantación del nuevo organigrama aprobado para la Policía, se cree conveniente modificar las actuales condiciones de trabajo de los componentes del Grupo de Atención Preventiva (GAP) especialmente durante la campaña de verano.

Art.2. Funciones.

Además de las funciones propias de todos los agentes de policía, los adscritos al GAP tendrán una especial atención a:

2.1. Control y seguimiento de las diferentes instrucciones de servicio.

2.2. Actuaciones dispositivos de carácter preventivo y/o reactivo de uniforme o sin.

2.3. Seguimiento y control de las infracciones a las Ordenanzas Municipales en especial las relativas al uso de la vía pública.

2.4. Especial seguimiento y control de venta ambulante, publicidad dinámica, hurtos, y otras actividades que estropeen la convivencia.

2.5. Inspección y controles horarios locales de concurrencia pública.

2.6. Apoyo a las actuaciones de otras unidades

Art.3. Condiciones laborales

Con la finalidad de atender mejor al nivel de servicio que recibe esta policía se establecen dos períodos horarios:

3.1. Verano: del 5 de mayo al 15 de octubre.

El servicio de los agentes del GAP se establece en dos sistemas horarios.

a) de lunes a domingo de 18:00 a 03:00 horas.

b) de lunes a domingo de 22:00 a 07:00 horas.

Cuadrante de localización y flexibilidad horaria con afectación por agente de un máximo de   30 jornadas anuales.

Ambos turnos se desarrollarán en régimen de 7 días de trabajo / 7 días de libre de lunes a domingo.

3.2. Invierno: del 16 de octubre al 14 de mayo.

El servicio de los agentes del GAP se establece en un sistema horario.

Los agentes adscritos al GAP harán un solo sistema horario, de las 18:00 a las 02:00 horas en régimen de 7 días de trabajo / 7 días de libre de lunes a domingo.

Art.4. Servicios Mínimos.

Los mínimos establecidos para las dos modalidades temporales serán:

4.1. Verano: del 5 de mayo al 15 de octubre.

Los mínimos establecidos para esta modalidad serán del 80% de los efectivos en servicio.

4.2. Invierno: del 16 de octubre al 14 de mayo.

Los mínimos establecidos para esta modalidad serán del 50% de los efectivos en servicio de lunes a jueves y el domingo y del 80% de los efectivos en servicio viernes y sábado.

Art.5. Condiciones económicas.

Además de las retribuciones económicas que les corresponden personalmente a cada uno de los miembros adscritos al GAP le correspondan:

5.1. Retribución económica según el Acuerdo 2010-13 para los sábados y domingos trabajados.

5.2. Retribución económica según el Acuerdo 2010-13 correspondiente a la parte proporcional del complemento plus nocturnidad, por finalización del servicio a las 02:00 o 03:00 horas respectivamente.

5.3. Retribución íntegra del plus de nocturnidad por servicio realizado de 22:00 a 06:00 horas.

5.4. Retribución económica del complemento de localización y flexibilidad horaria.

5.5. Retribución por festivo trabajado, sin la opción de compensarlo en días de franco.

5.6. Dietas, se pagará según el Acuerdo 2010-13.

Art.6. Vacaciones y días disponibles.

6.1. Los funcionarios adscritos al Grupo de Actuación Preventiva (GAP) ajustarán su prestación de servicios a la Jornada Mínima Legal Anual, adecuada a su Jornada Especial Ampliada.

6.2. Los funcionarios adscritos al Grupo de Actuación Preventiva (GAP) tendrán Derecho a las vacaciones y a los días de libre disposición, legalmente establecidos.

Art.7. Composición y estructura del Grupo de Atención Preventiva (GAP).

En espera de la implantación del nuevo organigrama aprobado, la dependencia orgánica será del jefe de la Comisaría Operativa y Seguridad

Responsable de la unidad: 1 subinspector.

Responsables equipos: 4 oficiales.

Componentes equipos: 32 agentes (4 equipos de 8 agentes).

Art.8. Entrada en vigor

Este Acuerdo entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOIB, sin embargo, los efectos serán retroactivos al 1 de enero de 2017.

Art.9. Desarrollo

Este Acuerdo se desarrollará mediante los correspondientes Cuadrantes.

Dichos Cuadrantes, en la medida que no innoven el ordenamiento jurídico, los acuerdos y pactos, la RPT, el Calendario anual, la Jornada anual, los Horarios y los actos administrativos singulares, se considerarán manifestaciones de la Potestad Autoorganizativa, por lo cual no serán objeto de la obligatoria negociación. En el caso contrario si que deberían ser objeto de obligatoria negociación.

Art.10. Derogación

A partir de la entrada en vigor de este Acuerdo restan derogados todos aquellos acuerdos, instrucciones de servicio y órdenes de servicio que vayan en contra de aquello que ahora se ha acordado.”

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes citado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

Palma, 11 de julio de 2018

Jefa de sección del Registro de Personal

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Francisca M. Matas Escobar

PROPUESTA 458 - MODIFICACIÓN PARCIAL R.P.T. PERSONAL FUNCIONARIO

ÁREA:

POL

POLICIA LOCAL DE PALMA

ÓRGANO:

POL121

PREFECTURA / COMISARIA OPERATIVA Y SEGURIDAD / DIVISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA

UNIDAD:

POL1212000

GRUPO DE ACTUACIÓN PREVENTIVA (GAP)

PUESTOS DE TRABAJO QUE SE MODIFICAN

DONDE DICE:

CÓDIGO

PUESTO DE TRABAJO

NP

TP

CD

CE

FP

ADM

GR

TJ

TH

ESCALAS

PLAZAS–DESCRIPCIONES

REQUISITOS

CAT

OBS

F40050031

SUBINSPECTOR/A DE POLICÍA LOCAL (GAP)

2

S

20

288

CE

AJP

A2

JEA

HP7

AE

3107 - SUBINSPECTOR/A DE POLICÍA LOCAL

B2

NGAP

F40061122

OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

5

S

19

247

CE

AJP

C1

JEA

HP7

AE

3108 - OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

B2

PNOC

F40071854

POLICÍA LOCAL

33

S

16

246

CE

AJP

C1

JEA

HP7

AE

3109 - POLICÍA LOCAL

B2

PNOC

DEBE DECIR:

CÓDIGO

PUESTO DE TRABAJO

NP

TP

CD

CE

FP

ADM

GR

TJ

TH

ESCALAS

PLAZAS–DESCRIPCIONES

REQUISITOS

CAT

OBS

F40050031

SUBINSPECTOR/A DE POLICÍA LOCAL (GAP)

2

S

20

288

CE

AJP

A2

JEA

HP7

AE

3107 - SUBINSPECTOR/A DE POLICÍA LOCAL

B2

LIF, NGAP

F40061122

OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

5

S

19

247

CE

AJP

C1

JEA

HP7

AE

3108 - OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

B2

LIF, PNOC

F40071854

POLICÍA LOCAL

33

S

16

246

CE

AJP

C1

JEA

HP7

AE

3109 - POLICÍA LOCAL

B2

LIF, PNOC

 

LEYENDA

NP

NÚMERO DE PUESTOS

TP

TIPO DE PUESTO

S

SINGULARIZADO

CD

COMPLEMENTO DE DESTINO

FP

FORMA DE PROVISIÓN

CE

CONCURSO ESPECÍFICO

ADM

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

AJP

AYUNTAMIENTO DE PALMA

GR

GRUPO

TJ

TIPO DE JORNADA

JEA

JORNADA ESPECIAL AMPLIADA - 40 HORAS SEMANALES

TH

TIPO DE HORARIO

HP7

HORARIO DEL GRUPO DE ACTUACIÓN PREVENTIVA (GAP) DE LA POLICIA LOCAL SEGÚN ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO VIGENTE

OBS

OBSERVACIONES

LIF

LOCALIZACIÓN Y FLEXIBILIZACIÓN HORARIA

NGAP

NOCTURNIDAD DEL GRUPO DE ACTUACIÓN PREVENTIVA (GAP)

PNOC

PARTE PROPORCIONAL DE NOCTURNIDAD

CE

COMPLEMENTO ESPECÍFICO

246

 Donde decía: 16.298,19 €; debe decir a partir del 01.01.2017: 21.031,50 €

247

 Donde decía: 18.085,48 €; debe decir a partir del 01.01.2017: 22.836,80 €

288

 Donde decía: 16.775,84 €; debe decir a partir del 01.01.2017: 22.317,26 €