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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA

Núm. 7680
Resolución del vicepresidente segundo y consejero ejecutivo del Consell Insular de Mallorca relativa a la adjudicación de la convocatoria de subvenciones para apoyar la realización de proyectos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, año 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones 392869

El vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, día 28 de junio de 2018, resolvió:

«Resolución relativa a la adjudicación de la convocatoria de subvenciones para apoyar la realización de proyectos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, año 2018

» Antecedentes

»1. El vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, día 26 de marzo de 2018, aprobó el expediente de convocatoria pública de subvenciones para apoyar la realización de proyectos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, año 2018 (BOIB nº. 48, de 19 de abril de 2018).

»2. La Comisión Técnica de Evaluación, reunida el día 14 de junio de 2018, examinó y evaluó las solicitudes presentadas y emitió los informes.

»3. Día 19 de junio de 2018, el órgano instructor emitió informe relativo al cumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

»4. La aportación económica que representa la convocatoria está prevista dentro del presupuesto del Consejo de Mallorca para el año 2018 con cargo en la partida presupuestaria 00.23180.45390, y se dispone de los correspondientes certificados de existencia de crédito.

»5. Día 27 de junio de 2018, la Intervención General del Consejo de Mallorca emitió informe de fiscalización previa del expediente.

» Fundamentos

»1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017.

»2. La convocatoria pública de subvenciones para apoyar la realización de proyectos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, año 2018, aprobadas por resolución del vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, día 26 de marzo de 2018 (BOIB nº. 48, de 19 de abril de 2018).

»3. El órgano competente para resolver el procedimiento, de acuerdo con el apartado primero del Decreto d ela Presidencia del Consejo por el cual se determina la organización del Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 73 de 15 de junio de 2017), y el punto 8.4 de la convocatoria de subvenciones, es el vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia.

» Resolución

» Por todo eso, resuelvo:

»1. Aprobar y conceder las subvenciones a las asociaciones y por las cantidades que se detalla

NOMBRE ASOCIACIÓN

CIF

IMP PROYECTO

IMP SOLICITADO

IMPORTE OTORGAT

UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES

Q0718001A

26.400,00

18.000,00

18.000,00

»2. Disponer de un gasto de

- 18.000,00 € a favor de la entidad que se detalla en el apartado primero, y por las cuantías que figuran.

»3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones»

Contra esta resolución, que no pone agota la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante el vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia o ante la presidencia del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante, el anterior, podéis interponer, si corresponde cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 16 de julio de 2018

El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia

(Resolución de delegación del vicepresidente segundo y consejero Ejecutivo de Participación
Ciudadana y Presidencia, BOIB nº. 116, d’1 de agosto de 2015)

Jaume Andreu Sabater Malondra