Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 7643
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Nuevo plazo presentación de solicitudes convocatoria jefe/a de Servicio de Valoraciones y Planificación del Ayuntamiento de Palma
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno número 711 de fecha 11 de julio de 2018 se acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Modificar el nivel de catalán exigido para el puesto de trabajo F20250062 Jefe/a de servicio de Valoraciones y planificación, de acuerdo con el decreto núm. 14048, de fecha 5 de julio de 2018, de estimación parcial del recurso presentado por la Sra. Pilar Riera Vicens, dado que, tratándose de un puesto de Administración especial se tiene que exigir el nivel de catalán B2 y no el C1 como está establecido en la relación de puestos de trabajo, todo ello en aplicación de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, que determina para la Administración especial los siguientes niveles:
Administración especial: cuerpos y escalas incluidos en los articulos 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de los cuerpos especiales de la Administración de la Comunidad autónoma de les Illes Balears.
Grupos |
Conocimientos de lengua catalana que se exigen |
A1, A2 y C1 |
Certificado de nivel B2 (nivel avanzado) |
C2 i grupo de agrupaciones profesionales |
Certificado de nivel B1 (nivel lindar) |
Consecuencia de lo expuesto en el párrafo anterior, se debe conceder un nuevo plazo de presentación de instancias de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB.
SEGUNDO.- Respecto al punto 5 del baremo de méritos de las bases, especificar que en los casos en que no se puedan certificar los créditos correspondientes a una diplomatura o licenciatura, se otorgará un total de 180 y 300 créditos respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el articulo 4 del real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 16 de julio de 2018
El jefe de Departamento de Personal,
p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)
Antoni Pol Coll