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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 7621
Aprobación inicial del Estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante norte de Artà. Clave 15-18-0-EL

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La consellera ejecutiva de Territorio e Infraestructuras, en fecha 10 de julio de 2018, ha resuelto el siguiente:

<< Hechos

Realizado el trámite de información pública y de acuerdo con el informe de los ingenieros directores del estudio con el visto bueno del Coordinador jefe, de día 6 de mayo de 2016, la consellera ejecutiva de Territorio e Infraestructuras, el 23 de mayo de 2016, aprobó definitivamente el Estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante norte de Artà. Clave 15-18-0-EL.

Día 27 de mayo de 2016 el Consell de Mallorca solicitó a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares la tramitación ambiental a seguir para el estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria<A[vial|viaria]> de la variante norte de Artà. Clave 15-18-0-EL.

Día 14 de diciembre de 2016 la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, remitió al Consell Insular de Mallorca el informe técnico emitido por el Servicio de Asesoramiento Ambiental de fecha 1 de diciembre de 2016, que concluyó que el estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante norte de Artà debía tramitarse de acuerdo al artículo 17 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Día 19 de marzo de 2017, se solicitó a la Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de las Islas Baleares el inicio de la tramitación ambiental estratégica, de la que se adjunta un formato digital del borrador de estudio informativo de noviembre de 2015 y el documento ambiental estratégico, firmado el 28 de marzo de 2017.

Día 12 de junio de 2017 se consultó a las siguientes administraciones: Ayuntamiento de Artà, Dirección General de Recursos Hídricos, Servicio de estudio y Planificación y Servicios de Aguas Superficiales.

Día 3 de noviembre de 2017 el Consell de Mallorca recibió el documento de alcance realizado por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de las Islas Baleares, que indica la necesidad de elaborar un estudio ambiental estratégico, en el que se identificarán, describirán y evaluarán los posibles efectos significativos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa, así como las alternativas razonables técnica y ambientalmente viables, que tengan en cuenta los objetivos y ámbito de aplicación geográfica del plan o programa.

Día 29 de mayo de 2018 el Director Insular de Infraestructuras y Movilidad envió al Servicio de UGE y Contratación, el Estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante de Artà Norte, Clave 15-18.0-EI, de febrero de 2016, para su aprobación y exposición pública, junto con el Estudio ambiental estratégico para la evaluación ambiental estratégica de fecha 8 de febrero de 2018.

Día 10 de julio de 2018 el Coordinador jefe de la Dirección Insular de Infraestructuras y Movilidad informó sobre la no necesidad de informe de supervisión del Estudio informativo de la variante norte de Artà, ya que el contenido del documento es equivalente al de un Estudio Previo, por lo que, una vez realizado el trámite de información pública, contestadas las alegaciones y realizadas las correspondientes enmiendas, antes de proceder a la aprobación definitiva del proyecto, se completará el contenido del estudio informativo y entonces se realizará el informe de supervisión pertinente.

Fundamentos

1. El artículo 48.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, indica que los defectos de forma tan sólo determinarán la anulabilidad cuando el acto no tenga los requisitos formales indispensables para conseguir su finalidad o dé lugar a la indefensión de los interesados.

2. Dentro del procedimiento para la tramitación de la evolución ambiental estratégica ordinaria, el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se señala que la versión inicial del plan o programa, acompañado del estudio ambiental estratégico, será sometido a información pública previo anuncio en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente y en su caso en la sede electrónica. La información pública será, como mínimo de cuarenta y cinco días hábiles, y se garantizará que la documentación que se tiene que someter a información pública tenga la máxima difusión entre el público, utilizado los medios de comunicación y, preferentemente, los medios electrónicos.

3. De acuerdo con el artículo 1.e) y el artículo 4.l) del Decreto de organización del Consell de Mallorca, aprobado día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73, de 15 de junio de 2017), modificado por el decreto de 20 de junio de 2017, 24 de julio de 2017, 16 de enero de 2018, 7 de febrero de 2018 y 27 de marzo de 2018 (BOIB nº. 77 de 24/06/2017, BOIB nº. 92 de 29/07/2017, BOIB nº. 12 de 25/01/2018, BOIB nº. 20 de 13/02/2018,BOIB nº. 43, de 07/04/2018, respectivamente).

4. De acuerdo con la delegación de atribuciones efectuada por el Consell Ejecutivo día 12 de agosto de 2015 (BOIB nº. 123, de 15 de agosto), corresponde a los consellers ejecutivos y a las conselleras ejecutivas la facultad de dictar actos administrativos en materia de contratación que, de acuerdo con la normativa vigente, no requieren informe previo preceptivo de la Secretaría General de la corporación, como es el caso.

Por lo tanto, resuelvo:

1- Anular la Resolución de aprobación definitiva del Estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante norte de Artà. Clave 15-18-0-EL, de día 23 de mayo de 2016, ya que el informe técnico emitido por<A[para|por]> el Servicio de Asesoramiento Ambiental, de fecha 1 de diciembre de 2016, determinó la necesidad de someter al trámite de evaluación ambiental estratégica ordinaria, prevista en el artículo 17 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el Estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante norte de Artà.

2- Aprobar inicialmente el Estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante norte de Artà Clave 15-18.0-EI, de febrero de 2016.

3- Someter el Estudio informativo para la determinación de la zona de reserva viaria de la variante norte de Artà. Clave 15-18.0-EI, de febrero de 2016, el Estudio ambiental estratégico para la evaluación ambiental estratégica de fecha 8 de febrero de 2018, al trámite de información pública durante un periodo de cuarenta y cinco días hábiles, mediante su exposición a la Dirección Insular de Infraestructuras y Movilidad, en el Ayuntamiento de Artà, previo anuncio en el BOIB y, como mínimo, en un diario de ámbito insular y anuncio a la página web del Consell de Mallorca. >>

Palma, 16 de julio de 2018

El secretario técnico del Departamento de Territorio y Infraestructuras

Marc López Expósito