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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 7615
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB n.º 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías previstas en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, con respecto a determinadas líneas de ayudas que debe gestionar la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación.

En este sentido, la mencionada Consejería incluye una nueva línea al objetivo III “Lucha contra las desigualdades”, concretamente en la línea de cooperación internacional, por cuanto se ha detectado la necesidad de dar apoyo a la publicación y la difusión de trabajos de búsqueda dentro del ámbito de la cooperación para el desarrollo.

Por otra parte, la línea IV.3.1 de ayudas destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de interés general a cargo del 0,7 % del IRPF, se reajusta la distribución de los créditos y los mismos se aumentan en el sentido que finalmente la convocatoria tendrá carácter plurianual.

3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2.  El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3.  El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la tercera modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido de incluir una nueva línea de subvenciones y modificar otra línea. Así quedan incorporadas al Plan las siguientes líneas:

PLA ESTRATÉGICO SUBVENCIONES 2018-2020

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.4  Cooperación internacional

III.4.6

Dirección general o entidad: Dirección General de Cooperación

Fuente de financiación: Capítulo IV

Descripción: subvenciones destinadas a personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro

Objetivo y efectos: publicación y difusión de resultados de trabajos de investigación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo

Coste: 30.000 € (2018: 10.000 €; 2019: 20.000 €)

Convocatoria: plurianual (2018-2019)

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

- Con respecto a la línea IV.3.1 queda modificada en el sentido siguiente:

Donde dice:

Dirección general o entidad: Dirección General de Planificación y Servicios Sociales

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 18073

Descripción: subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), para el año 2018

Objetivos y efectos: distribuir los fondos recaudados con cargo al 0,7% del IRPF para programas de interés general

Coste: 3.050.000 €

Convocatoria: anual

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

Debe decir:

Dirección general o entidad: Dirección General de Planificación y Servicios Sociales

Fuentes de financiación: capítulo IV y capítulo VII FF 18073

Descripción: subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), para los años 2018 y 2019

Objetivos y efectos: distribuir los fondos recaudados con cargo al 0,7% del IRPF para programas de interés general

Coste: 6.081.808,82 € (2018: 3.040.904,41 €; 2018: 3.040.904,41)

Convocatoria: plurianual (2018-2019)

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde su fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

   

Palma, 10 de julio de 2018

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí