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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7589
Consejo Ejecutivo. Concesión de subvenciones del Consejo Insular de Menorca a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de atención a personas en el ámbito social durante el año 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 2 de julio de 2018, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 11.27.2017 y publicadas en el BOIB núm. 2 de 01.04.2018, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Admitir todas las solicitudes de ayuda de subvención de las entidades que se han presentado a la convocatoria de ayudas.

Segundo.- Distribuir y determinar para cada una de las entidades los importes correspondientes como resultado de la aplicación de las bases de la convocatoria, según se refleja en la tabla resumen:

Núm.

Entidades

Proyecto

Puntos

1R

Reparto

2N

Reparto

3R

Reparto

TOTAL

1

ALBA

Atención integral a mujeres afectades de cáncer de mama de Menorca

52,00

11.260,93 €

0,00 €

0,0 €

11.260,93 €

2

AFAM

Estimulación cognitiva para el enfermo de Alzheimer y atención a su familia

53,00

8.500,00 €

0,00 €

0,00 €

8.500,00 €

3

ASPANOB

Acogida y apoyo psicosocial a los niños enfermos de cáncer de Menorca y sus familias

76,00

20.715,50 €

5.426,25 €

98,57 €

26.240,32 €

4

AECC J. Ciutadella

Servicios de apoyo integral a enfermos de cáncer y sus familias

71,30

19.434,41 €

5.090,68 €

92,48 €

24.617,57 €

5

AECC J. Maó

«Si luchas contra el cáncer, nos tienes aquí»

65,10

17.744,46 €

4.648,01 €

84,44 €

22.476,91 €

6

CÁRITAS

Viviendas sociales para colectivos vulnerables

71,20

19.407,16 €

5.083,54 €

92,35 €

24.583,05 €

7

CELÍACOS

Atención, asesoramiento y soporte al paciente celíaco en Menorca

28,00

1.200,00 €

0,00 €

0,00 €

1.200,00 €

8

As. Fibrosis Quístíca

Atención integral a niños y jóvenes con fibrosis quistica y a sus familiares

47,00

6.000,00 €

0,00 €

0,00 €

6.000,00 €

9

Iglesia Evangélica

Programa social

35,00

9.540,03 €

2.498,93 €

45,40 €

12.084,36 €

10

Menorca para todos

Caminos compartidos

29,00

3.018,26 €

0,00 €

0,00 €

3.018,26 €

11

Fundación Proyecto Hombre

Mantenimento del programa del Proyecto Hombre en Menorca

59,40

16.190,80€

3.750,76€

77,04€

20.018,60€

TOTAL

587,00

587,00

133.011,55€

26.498,17€

490,28€

160.000,00€

Tercero.- De acuerdo con el art. 40 y con las consecuencias previstas en el art. 43 del texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares (DL 2/2005, de 28 de diciembre), recordar a las entidades beneficiarias que las cantidades otorgadas deben ir forzosamente dedicadas a la finalidad del proyecto / programa / actividad para al que han sido concedidas, y que en ningún caso se podrá alegar en la justificación del proyecto que la subvención se ha destinado a finalidades diferentes.

Asimismo, recordar a las entidades que no hayan presentado justificaciones sobre algunos de los criterios que han servido de base para las puntuaciones del cálculo de la ayuda, que éstas, además de especificarse y verse reflejadas en la memoria vía justificación económica de la ayuda, también deben acreditarse.

Cuarto.- Comunicar a la BDNS, como sistema de publicidad de subvenciones, la resolución de la concesión de subvenciones de esta convocatoria.

Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la resolución de la concesión de subvenciones de esta convocatoria.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

 

El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón