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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 7389
Anuncio aprobación inicial Ordenanza municipal reguladora de la celebración y autorización de matrimonios y otras ceremonias civiles

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2018, adoptó entre otros el siguiente ACUERDO:

3. EXPEDIENTE 1422/2018. APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CELEBRACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE MATRIMONIOS Y OTRAS CEREMONIAS CIVILES EN EL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA.

…………………………………………………………………, es decir por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación se ACUERDA:

1r.- Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de la celebración y autorización de matrimonios y otras ceremonias civiles en el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

2.- Someter el expediente a información pública mediante la publicación de un anuncio en el BOIB y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo mínimo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones u observaciones que consideren oportunas.

Así mismo estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento  [http://santjosep.sedelectronica.es].

3.- Dar audiencia previa a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en su ámbito territorial, que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales y cuyas finalidades guarden relación directa con el objeto de la disposición.

4t.- Solicitar informe al Instituto Balear de la Mujer, conforme al artículo 5 de la Ley 11/2016, de 28 de julio.

5è.- Resolución de las reclamaciones, objeciones u observaciones y aprobación definitiva por el Pleno. Si no se presenta ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo inicialmente adoptado se ha de entender definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso.”

Lo que se publica para general conocimiento.

  

Sant Josep de sa Talaia, 6 de julio de 2018

EL ALCALDE,
Josep Marí Ribas