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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 18 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6641
Juicio verbal 801/2017 sobre otras materias

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Texto

D./Dña. PAZ GIMENEZ LEON, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 18 de PALMA DE MALLORCA,

HAGO SABER: Que en los presentes autos se ha dictado la siguiente resolución:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

TRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZAR

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 18 de PALMA DE MALLORCA.

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA

El arriba referenciado.

PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA

BARBARA CIRER AMER en concepto de parte demandada, con domicilio en CALLE CABALLERO DASPHELT 23, 4ºA 07005 PALMA

ANTONIA RAMIS MAYOL en concepto de parte demandada, con domicilio en CALLE PARIS 38, BAJO 07620 LLUCMAJOR

OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO

Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución por la que se admite la misma.

TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECER

En la sede de este Juzgado.

PLAZO PARA COMPARECER

DIEZ DÍAS HÁBILES computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil LECn).

2.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LECn)y si carece de recursos económicos puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.

3.- Debe comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).

4.-Por último, se le informa que, las partes pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación.

Y con el fin de que sirva de cédula de emplazamiento en forma, extiendo y firmo la presente

En PALMA DE MALLORCA, a trece de diciembre de dos mil diecisiete

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se emplace a BARBARA CIRER AMER, ANTONIA RAMIS MAYOL.

En PALMA DE MALLORCA a once de abril de dos mil dieciocho

EL / LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.