Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 7250
Resolución del presidente del IDI, de 2 de julio de 2018, por la que se modifica la Resolución del presidente del IDI, de 23 de febrero de 2018, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2018 de ayudas a la microempresa, pequeña y mediana empresa industrial de las Islas Baleares para cubrir los gastos financieros de operaciones de financiación de inversiones productivas previstas en el Plan Estratégico
Por medio de la Resolución del presidente del IDI, de 23 de febrero de 2018, se aprobó la convocatoria para el año 2018 de ayudas a la microempresa, pequeña y mediana empresa industrial de las Islas Baleares para cubrir los gastos financieros de operaciones de financiación de inversiones productivas previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones, la cual fue publicada en el BOIB núm. 30, de 8 de marzo de 2018.
Dado que hay una omisión en el punto 6.1, en el que se regula la forma de calcular el coste del aval, resulta necesario modificar la Resolución, de 23 de febrero de 2018, para establecer correctamente cómo se calcula la ayuda al coste del aval a partir del cuadro del anexo 1 y del riesgo vivo de la operación, y no tal y como expresa la redacción original que sólo hace referencia al cuadro del anexo 1 de la Resolución de 23 de febrero de 2018. Por tanto, esta modificación no afecta a los beneficiarios ni a las condiciones establecidas en la convocatoria, y sí a la relación con la entidad colaboradora ISBA, SGR.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el punto 6.1 que queda redactado de la siguiente forma:
"6.1 El importe de las ayudas al coste del aval por cada 1.000 euros de aval para cada modalidad de plazo y carencia es lo que se especifica en el anexo 1 de esta convocatoria de forma aproximada, ya que se calculará sobre la base del riesgo vivo de la operación".
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Notificar esta Resolución a ISBA Societat de Garantia Recíproca, SGR.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del IDI en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
Palma, 2 de julio de 2018
El presidente del IDI
Iago Negueruela Vázquez