Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 7233
Aprobación definitiva expediente de modificación de crédito núm. 5/2018, de suplemento de crédito
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado el día 31 de mayo de 2018 sobre el expediente de modificación de créditos núm. 05/2018, de suplementos de crédito, financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, que se hace público resumido por capítulos:
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ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS |
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Capítulo |
Denominación |
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Importe |
4 |
Transferencias corrientes |
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80.000,00 |
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TOTAL SUPLEMENTOS DE CRÈDITO |
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80.000,00 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente líquido de tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Capítulo |
Denominación |
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Importe |
8 |
Activos financieros |
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80.000,00 |
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TOTAL RT INCORPORADO IGUAL A LOS SUPLEMENTOS DE CRÈDITO |
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80.000,00 |
Contra este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 171 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 171.3 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí misma la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Sant Josep de sa Talaia, (2 juliol de 2018)
L’ALCALDE,
(Josep Marí Ribas)