Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CONSELL

Núm. 7213
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre la prestación de servicios funerarios y utilización del dominio público funerario de Consell

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que durante el plazo de información pública del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento adoptado en sesión ordinaria de 27 de marzo de 2018, por el cual se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre la prestación de servicios funerarios y utilización del dominio público funerario de Consell, no se han presentado reclamaciones o sugerencias, el mencionado acuerdo se entiende definitivamente aprobado, conforme aquello que dispone el artículo 49.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen local, el arte. 102, apartado d) de la Ley Autonómica 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y el artículo 17.3 del Texto Refundido de las Haciendas Locales (Real decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo).

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, sólo se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contador a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

De acuerdo con el artículo 17.4 del mencionado Texto Refundido se publica el texto modificado de la ordenanza (arte. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y arte. 103.1 Ley Autonómica 20/2006, de 15 de diciembre):

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA SOBRE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS Y UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO FUNERARIO DE CONSELL.

Artículo 6.- Cuota tributaria.

1.- Según los artículos 24.2 y 24.3.a) del TRLRHL, la cuota tributaria se corresponde a la siguiente tarifa:

Categorías

Tarifa

Inhumación de cadáveres o restos cadavéricos

80,00 €

Inhumación de cenizas

20,00 €

Apertura de sepultura

10,00 €

Limpieza de sepultura

50,00 €

Suministro de caja de restos cadavéricos

54,00 €/unidad

Depósito de cadáveres en cámara frigorífica

25,00 €/día

2.- El servicio de exhumación está exento de tasa, siempre que sea prestado a consecuencia del traslado de los restos cadavéricos al osario de la sepultura, o el osario común. También estará exento en el caso de traslado entre sepulturas del mismo cementerio o de otro cementerio.

3.- El traslado de cadáveres o restos cadavéricos está exento de tasa, tanto el realizado entre sepulturas del Cementerio de Consell, como entre cementerios diferentes. En este último caso, el coste del servicio de traslado se abonará directamente a la empresa funeraria encargada al precio libre que esta estipule, sin tener el carácter de tasa.

4.- El depósito de cadáveres fuera de la cámara frigorífica está exento. Igualmente, cuando la conservación en cámara frigorífica sea requerida por autoridad judicial o por la autoridad sanitaria, en los casos de cadáveres que tengan que ser motivo de autopsias u otras actuaciones obligatorias, se estará exento de la liquidación de la tasa”.

Articulo 12.- Cuota tributaria.

1.-Según los artículos 24.2 y 24.3.a) del TRLRHL, la cuota tributaria se corresponde a la siguiente tarifa:

 

Categorías

Tarifa

a.- Uso de sepultura transitoria (máximo 5 años):

Por el conjunto de los 5 años máximos.

380,00 €

Por cada año que supere los 5 años máximos.

100,00 €/año

b.- Uso del depósito municipal de cenizas y restos:

Por cada 5 años.

300,00 €

c.- Limpieza y mantenimiento del cementerio:

Por sepultura de 1,5 m x 3 m

20,00 €/año

Por sepultura de 3 m x 3 m

30,00 €/año

Por nicho individual (en el caso de compartir sepulturas)

5,00 €/año

d.- Transmisión de concesión, incluyendo la publicación al BOIB:

Por transmisión a herederos legales, ascendientes, descendentes y colaterales, hasta el cuarto grado civil, y cónyuge del titular

60,00 €

Por transmisión a cotitulares

60,00 €

Por traspaso de derechos concesionales

150,00 €

 

Consell, 02 de julio de 2018

El Alcalde,

Andreu Isern Pol