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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE INCA

Núm. 6985
Juicio verbal 467/2016

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Texto

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

S E N T E N C I A.

-En Inca a 17 de Mayo de 2018.-Vistos por mí, Dña. (datos personales ocultos)agistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº2 de Inca, los presentes autos de juicio verbal nº467/2016,seguidos a instancia de la entidad BANKIA, S.A., representada por la Procuradora Dña.(datos personales ocultos)stida por los Letrados D.(datos personales ocultos)y DÑA. (datos personales ocultos),contra los actuales e ignorados ocupantes de la finca sita en la AVENIDA DE ALCUDIA NÚM.205, ESCALERA 1,PISO 5º,PUERTA 2 de INCA,07.300 (BALEARES),en situación de rebeldía procesal, dicto la presente resolución, conforme a los siguientes,.

F A L L O.

-Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. Martínez de Miguel, en nombre y representación de la entidad BANKIA,S.A. contra los actuales e ignorados ocupantes de la finca sita en la AVENIDA DE ALCUDIA NÚM.205, ESCALERA 1, PISO 5º, PUERTA 2. INCA 07.300 (BALEARES),finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Inca, Nº 1,en el Tomo 3876, Libro 594, Folio 81,finca Registral 17.121 debo:.

-1-Declarar y declaro haber lugar el desahucio de los ocupantes de la finca sita en la AVENIDA DE ALCUDIA NÚM.205, ESCALERA 1, PISO 5º, PUERTA 2. INCA 07.300 (BALEARES),finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Inca, Nº 1,en el Tomo 3876, Libro 594, Folio 81,finca Registral 17.121,declarando haber lugar al desahucio por precario interesado, condenando a la parte demandada a estar y pasar por tal pronunciamiento, y a dejar libre y a disposición de la parte actora el inmueble de referencia,y apercibiéndoles de lanzamiento si no desalojan el inmueble mencionado, lanzamiento que tendrá lugar en la fecha que se señale.-

2-Condenar y condeno a la parte demandada a satisfacer las costas del procedimiento.-Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que la misma no es firme, y contra ella cabe interponer RECURSO de APELACIÓN en el término de VEINTE DÍAS, ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca,previa la constitución del DEPÓSITO previsto en la LO 1/2009 de 3 de noviembre de modificación de la LOPJ.-Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo

Y como consecuencia del ignorado paradero de IGNORADOS OCUPANTES DE LA VIVIENDA SITA EN AVDA. DE ALCÚDIA, 205 ESC 1 5º-2ª DE INCA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En INCA, a veintiuno de mayo de dos mil dieciocho.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA